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	<title>fallo Archivos - NoticiasFormosa</title>
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	<title>fallo Archivos - NoticiasFormosa</title>
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	<item>
		<title>El STJ anuló una multa que Defensa del Consumidor aplicó a un super</title>
		<link>https://www.noticiasformosa.com.ar/2023/05/10/el-stj-anulo-una-multa-que-defensa-del-consumidor-aplico-a-un-super/</link>
		
		<dc:creator><![CDATA[Redacción]]></dc:creator>
		<pubDate>Wed, 10 May 2023 22:09:48 +0000</pubDate>
				<category><![CDATA[General]]></category>
		<category><![CDATA[fallo]]></category>
		<category><![CDATA[mult]]></category>
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					<description><![CDATA[<p>El Superior Tribunal de Justicia anuló una multa que le aplicó la Subsecretaría de Defensa del Consumidor y Usuario a un supermercado de nuestra ciudad y cuestionó severamente al organismo provincial por lesionar la garantía de la defensa en juicio al no atender el planteo realizado por el comercio, vulnerándose los principios de buena fe [&#8230;]</p>
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										<content:encoded><![CDATA[
<p>El Superior Tribunal de Justicia <strong>anuló una multa que le aplicó la Subsecretaría de Defensa del Consumidor y Usuario a un supermercado</strong> de nuestra ciudad y cuestionó severamente al organismo provincial por lesionar la garantía de la defensa en juicio al no atender el planteo realizado por el comercio, vulnerándose los principios de buena fe y moralidad administrativa.</p>



<p>El caso involucra al <strong>supermercado Pájaro Azul S.A.</strong> sancionado por la Subsecretaría de Defensa del Consumidor porque, según una inspección realizada oportunamente por agentes de esa dependencia, al momento del procedimiento <strong>no estaban exhibidos al público los precios de los diferentes cortes</strong> disponibles a la venta en la carnicería del local.</p>



<p>Contra la multa recibida, los abogados del supermercado <strong>presentaron un recurso de apelación ante el STJ</strong>, argumentando que en el expediente administrativo <strong>no estaban debidamente acreditados los hechos que hicieran viable la sanción</strong> de la conducta imputada.</p>



<p>En su presentación, la empresa privada afirmó que el consumidor <strong>tenía a la vista los precios de los cortes de carne en un banner </strong>colocado al costado del lugar en el que se exhibían los productos, algo que <strong>no se mencionó en la resolución cuestionada</strong>. Pero además -agregó- el personal de la carnicería informa verbalmente a los clientes los costos, y tras pesar el producto<strong> coloca el valor del mismo en cada uno de ellos</strong>.</p>



<p>Analizado el caso, la Corte Provincial decidió <strong>hacer lugar al recurso de apelación y declarar la nulidad de la sanción</strong>, luego de verificar que en la resolución que aplicó Defensa del Consumidor “no existía <strong>ni una sola línea referida al descargo presentado por la empresa</strong> y al no tratarse de una infracción que afecte la salud o la seguridad pública, <strong>el organismo no podía omitir su tratamiento</strong>”.</p>



<p>“Lo que no puede hacer es directamente ignorarlo, dado que toda resolución de carácter sancionatorio, incluyendo las del ámbito administrativo, debe contar con una argumentación positiva, en cuanto a los argumentos que la justifican y también una negativa, negando valor dirimente a los argumentos que sustentan el error de aplicación que se pretende; <strong>siendo ello imperativo para cualquier órgano estatal que aplique sanciones</strong>”, dice el fallo firmado por los ministros Eduardo Manuel Hang, Ricardo Alberto Cabrera, Guillermo Horacio Alucín, Ariel Gustavo Coll y Marcos Bruno Quinteros.</p>



<p>En esta línea de razonamiento, el STJ consideró que la resolución administrativa <strong>lesionó la garantía de la defensa en juicio </strong>al no atender el planteo realizado por la parte que fue afectada por la sanción, vulnerándose así los principios de buena fe y moralidad administrativa, aseverando que la violación al derecho de defensa se configuró porque <strong>el supermercado acreditó con fotos que los precios realmente estaban exhibidos</strong>, a pesar que se sostenga en la resolución que no han desvirtuado lo constatado en la inspección.</p>



<p><em><strong>Desidia</strong></em></p>



<p>Por otra parte, la Corte Provincial hizo notar en su fallo que pese a que el procedimiento y la sanción administrativa son del año 2020 y la empresa presentó en tiempo y forma el recurso de apelación, el mismo recién fue tramitado en el mes de noviembre de 2022, <strong>lo que implicó una paralización del expediente de 26 meses</strong> a la espera del acto de la Administración.</p>



<p>Por este proceder, el STJ sostuvo que el organismo dejó de dar cabal cumplimiento a sus obligaciones legales sin explicación alguna por lo que consideró que “<strong>dicha desidia debe ser informada al superior jerárquico </strong>de la Subsecretaría de Defensa al Consumidor, esto es, al ministro de Economía, Hacienda y Finanzas de la provincia, doctor Jorge Ibáñez, para que arbitre las medidas que juzgue necesarias”.</p>
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		<title>El Gobierno pidió al STJ que dicte un fallo que inhabilite hábeas corpus, pero la Corte lo rechazó</title>
		<link>https://www.noticiasformosa.com.ar/2021/06/15/el-gobierno-pidio-al-stj-que-dicte-un-fallo-que-inhabilite-habeas-corpus-pero-la-corte-lo-rechazo/</link>
		
		<dc:creator><![CDATA[Redacción]]></dc:creator>
		<pubDate>Tue, 15 Jun 2021 19:30:57 +0000</pubDate>
				<category><![CDATA[Tribunales]]></category>
		<category><![CDATA[CAS]]></category>
		<category><![CDATA[fallo]]></category>
		<category><![CDATA[hábeas corpus]]></category>
		<category><![CDATA[STJ]]></category>
		<category><![CDATA[tres]]></category>
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					<description><![CDATA[<p>El Superior Tribunal de Justicia rechazó los recursos de casación presentados por la Fiscalía de Estado y la Fiscal de Cámara Nº 2 en un caso en el que dos personas con Covid positivo hicieron un planteo de habeas corpus tras negarse a concurrir a un Centro de Asistencia Sanitaria porque, según ellos, estaban restringiendo [&#8230;]</p>
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]]></description>
										<content:encoded><![CDATA[<p>El Superior Tribunal de Justicia <b>rechazó los recursos de casación</b> presentados por la Fiscalía de Estado y la Fiscal de Cámara Nº 2 en un caso en el que dos personas <b>con Covid positivo</b> hicieron un planteo de <b>habeas corpus tras negarse a concurrir a un Centro de Asistencia Sanitaria</b> porque, según ellos, estaban restringiendo su libertad física y ambulatoria, manifestando la intención de cursar el periodo de la enfermedad en sus casas.</p>
<p style="padding-left: 40px;">Este argumento fue desestimado por el juez de Instrucción y Correccional de turno que tramitó el habeas corpus y <b>también después por un juez de Cámara</b>, ya que la resolución fue apelada.</p>
<p>No obstante ello, tanto la Fiscalía de Estado como la fiscal de Cámara recurrieron al STJ a través de sendos recursos de Casación, pese a que a esa altura <b>el caso se había tornado abstracto</b> porque los infectados con coronavirus ya habían finalizado el periodo de cuarentena y estaban dados de alta; aspecto fundamental y decisivo que la Corte Provincial les hizo notar en el fallo donde no hizo lugar a la admisión de los recursos impulsados.</p>
<p style="padding-left: 40px;">La fiscal de Cámara cuestionó a los dos jueces que analizaron y rechazaron el recurso de habeas corpus porque <b>consideró que ambos magistrados debían haber desetimado in limine la presentación</b>, sin siquiera entrar a examinar los argumentos de los dos particulares y, en la misma tónica, criticó que los magistrados le hayan dado curso a una acción de neto carácter restrictivo en medio de una situación que no amerita su inclusión (<b>impugnar las medidas sanitarias de cuarentena obligatoria en los casos de Covid-19</b>) violentando así la ley de fondo.</p>
<p>Por su parte, la Fiscalía de Estado pidió al STJ que dicte un nuevo fallo <b>donde establezca que la vía del habeas corpus no resulta idónea</b> para cuestionar la política sanitaria del Estado Provincial, sentando así un precedente destinado a evitar que se use esta acción constitucional como un mecanismo para que los ciudadanos se sustraigan del cumplimiento de los protocolos y las medidas sanitarias implementadas por el Estado en el ejercicio de facultades constitucionales que le son propias.</p>
<p><i><b>Planteo abstracto e inoficioso</b></i></p>
<p style="padding-left: 40px;">El fallo del STJ (Nº 5641) hace hincapié en que la cuestión llevada a la máxima instancia judicial de la provincia se convirtió en<b> “abstracta e inoficiosa” </b>desde el momento en que los que iniciaron la demanda ya fueron dados de alta después de haber cursado todo el periodo de la enfermedad, además de señalar la <b>ausencia de un “agravio particular y concreto”</b>.</p>
<p>No obstante, la sentencia de los ministros de la Corte Provincial hace una serie de consideraciones respecto a las argumentos y pretensiones de quienes impulsaron los recursos de casación, y respecto a esto lanza <b>una severa advertencia </b>al señalar que salir del caso concreto para realizar formulaciones de carácter general “implicaría no solo cambiar el orden constitucional sino también <b>privar a la ciudadanía de una atribución esencial en un Estado de Derecho</b>: la facultad de peticionar y reclamar ante los jueces cuando entiendan vulnerados sus derechos fundamentales”.</p>
<p style="padding-left: 40px;">En esta misma línea, la resolución recuerda que la pretensión de que el Poder Judicial dicte normas de carácter general <b>es extraño al contenido republicano</b>, tanto de la Constitución Nacional como la Provincial, lo cual quita habilidad constitucional a la intención formulada.</p>
<p>En tal sentido, el fallo insiste en que el deseo de que el STJ realice una declaración abstracta y genérica sobre la inviabilidad de la acción de habeas corpus para impugnar decisiones que puedan relacionarse con medidas sanitarias dispuestas por la autoridad competente <b>“es absolutamente inadmisible”</b>, no solo por los argumentos señalados sin porque implicaría <b>una cancelación anticipada de un mecanismo constitucional</b>.</p>
<p style="padding-left: 40px;">“No puede este Tribunal entonces por vía de un recurso de Casación planteado contra una decisión que <b>ya ha agotado su objeto procesal</b>, suspender indefinidamente la vigencia de la garantía constitucional antes mencionada”, afirma el fallo.</p>
<p>Asimismo y tras considerar “excesivo” pretender vedar judicialmente el uso de una herramienta como el habeas corpus en los casos de cumplimiento o incumplimiento de los protocolos sanitarios en vigencia, el STJ recordó que estas medidas <b>tienen como finalidad evitar los contagios</b>, pero cuando ya hay infectados los mismos deben ser alojados en algunos de los centros habilitados para que sean atendidos sanitariamente como corresponde, <b>caso contrario, se necesitarían médicos para cada uno de los domicilios</b> de las personas con resultados positivos y ello es, humana y materialmente, imposible.</p>
<p style="padding-left: 40px;">Respecto a los recursos de habeas corpus que se presentan en los Tribunales de la provincia, el STJ exhortó a los jueces a que realicen el trámite con la premura y urgencia que los mismos requieren para que no pierden el sentido y la finalidad que poseen, pero también <b>llamó a la reflexión a la población para que no se use este mecanismo</b> con el simple afán de hacer transcurrir el corto tiempo de 10 días de aislamiento y, por ende, burlar la ley y <b>provocar desigualdades entre las personas</b>.</p>
<p>“Bregamos por las instituciones de la República, el control de la constitucionalidad, el bueno uso de los mecanismos legales, pero así también y con el mismo énfasis, <b>no permitamos que a través de la ley se burle todo un sistema sanitario y los protocolos establecidos</b> para evitar la propagación del virus y cuidar la salud de los habitantes”, enfatiza el fallo judicial.</p>
<p style="padding-left: 40px;"><em><strong>Fallo completo del Superior Tribunal de Justicia:</strong></em></p>
<p><a href="https://www.noticiasformosa.com.ar/wp-content/uploads/2021/06/FALLO-No-5641-21_compressed.pdf" class="pdfemb-viewer" style="" data-width="max" data-height="max" data-toolbar="bottom" data-toolbar-fixed="off">FALLO Nº 5641-21_compressed</a></p>
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		<title>En otro fallo adverso, la Corte ratificó el derecho del diario La Nación a informar desde Formosa</title>
		<link>https://www.noticiasformosa.com.ar/2021/05/22/en-otro-fallo-adverso-la-corte-ratifico-el-derecho-del-diario-la-nacion-a-informar-desde-formosa/</link>
		
		<dc:creator><![CDATA[Redacción]]></dc:creator>
		<pubDate>Sat, 22 May 2021 14:31:56 +0000</pubDate>
				<category><![CDATA[Medios]]></category>
		<category><![CDATA[circulación]]></category>
		<category><![CDATA[Corte Suprema]]></category>
		<category><![CDATA[Diario La Nación]]></category>
		<category><![CDATA[fallo]]></category>
		<category><![CDATA[libertad de prensa]]></category>
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					<description><![CDATA[<p>La Corte Suprema de Justicia de la Nación ratificó el derecho del periodismo a informar desde Formosa, pese a las restricciones sanitarias provinciales. El máximo tribunal falló en respuesta a un amparo presentado en febrero por la fundación LED (Libertad de Expresión + Democracia), que había demandado a Formosa por el caso de la periodista [&#8230;]</p>
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]]></description>
										<content:encoded><![CDATA[<p>La <b>Corte Suprema de Justicia de la Nación</b> ratificó el derecho del periodismo a informar desde Formosa, <b>pese a las restricciones sanitarias </b>provinciales.</p>
<p><a href="https://www.donnet.com.ar/planovalo/#form-po" target="_blank" rel="noopener"><img fetchpriority="high" decoding="async" class="aligncenter wp-image-129994 size-large" src="https://www.noticiasformosa.com.ar/wp-content/uploads/2021/05/C0C2890C-94FE-4099-A522-EE3F2C94F493-1024x1024.jpeg" alt="" width="1024" height="1024" srcset="https://www.noticiasformosa.com.ar/wp-content/uploads/2021/05/C0C2890C-94FE-4099-A522-EE3F2C94F493-1024x1024.jpeg 1024w, https://www.noticiasformosa.com.ar/wp-content/uploads/2021/05/C0C2890C-94FE-4099-A522-EE3F2C94F493-300x300.jpeg 300w, https://www.noticiasformosa.com.ar/wp-content/uploads/2021/05/C0C2890C-94FE-4099-A522-EE3F2C94F493-150x150.jpeg 150w, https://www.noticiasformosa.com.ar/wp-content/uploads/2021/05/C0C2890C-94FE-4099-A522-EE3F2C94F493-768x768.jpeg 768w, https://www.noticiasformosa.com.ar/wp-content/uploads/2021/05/C0C2890C-94FE-4099-A522-EE3F2C94F493-75x75.jpeg 75w, https://www.noticiasformosa.com.ar/wp-content/uploads/2021/05/C0C2890C-94FE-4099-A522-EE3F2C94F493-350x350.jpeg 350w, https://www.noticiasformosa.com.ar/wp-content/uploads/2021/05/C0C2890C-94FE-4099-A522-EE3F2C94F493-750x750.jpeg 750w, https://www.noticiasformosa.com.ar/wp-content/uploads/2021/05/C0C2890C-94FE-4099-A522-EE3F2C94F493.jpeg 1080w" sizes="(max-width: 1024px) 100vw, 1024px" /></a></p>
<p style="padding-left: 40px;">El máximo tribunal falló en <b>respuesta a un amparo presentado en febrero</b> por la fundación LED (Libertad de Expresión + Democracia), que había <b>demandado a Formosa</b> por el caso de la periodista de La Nación Inés Beato Vassolo, a quien el gobierno de Gildo Insfrán<b> le impidió entrar al territorio provincial</b>, pese a que ella solicitó el ingreso formalmente para informar desde el lugar y <b>presentó un PCR negativo</b> de coronavirus.</p>
<p>En su fallo, la Corte se remitió a lo que había sostenido en el caso Lee, contra el impedimento de ingreso a la provincia. En aquel precedente <b>la Corte le ordenó a Formosa que arbitrara los medios necesarios de modo de garantizar el efectivo ingreso al territorio provincial</b>, con cumplimiento de las medidas sanitarias que estimara pertinentes, de todos los ciudadanos que lo hubieran solicitado, dentro del plazo máximo de quince días hábiles.</p>
<p><a href="https://www.noticiasformosa.com.ar/wp-content/uploads/2021/05/NG57DOPZAFCOHEZDI4HLQQMDOM.jpg"><img decoding="async" class="aligncenter size-full wp-image-129986" src="https://www.noticiasformosa.com.ar/wp-content/uploads/2021/05/NG57DOPZAFCOHEZDI4HLQQMDOM.jpg" alt="" width="879" height="586" srcset="https://www.noticiasformosa.com.ar/wp-content/uploads/2021/05/NG57DOPZAFCOHEZDI4HLQQMDOM.jpg 879w, https://www.noticiasformosa.com.ar/wp-content/uploads/2021/05/NG57DOPZAFCOHEZDI4HLQQMDOM-300x200.jpg 300w, https://www.noticiasformosa.com.ar/wp-content/uploads/2021/05/NG57DOPZAFCOHEZDI4HLQQMDOM-768x512.jpg 768w, https://www.noticiasformosa.com.ar/wp-content/uploads/2021/05/NG57DOPZAFCOHEZDI4HLQQMDOM-750x500.jpg 750w" sizes="(max-width: 879px) 100vw, 879px" /></a></p>
<p style="padding-left: 40px;">Silvana Giudici, presidenta de la fundación LED, celebró el fallo. “La Corte establece que la libertad de expresión, tal como la libertad de circulación, <b>son derechos constitucionales que tienen que estar garantizados</b> aún en tiempo de restricciones sanitarias”, dijo Giudici, expresidenta del Ente Nacional de Comunicaciones y exdiputada nacional por el radicalismo.</p>
<p>“El fallo, además, <b>ratificó que la competencia originaria es de la Corte en el tema de Formosa y la libertad de expresión</b>”, afirmó. Giudici advirtió que todo esto es especialmente importante ahora que el país <b>vuelve a un confinamiento estricto</b>. (<i>Fuente: La Nación</i>)</p>
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			</item>
		<item>
		<title>Fallo federal favorable para que no les cobren $5.000 a los esenciales</title>
		<link>https://www.noticiasformosa.com.ar/2021/05/13/fallo-federal-favorable-para-que-no-les-cobren-5-000-a-los-esenciales/</link>
		
		<dc:creator><![CDATA[Redacción]]></dc:creator>
		<pubDate>Thu, 13 May 2021 18:24:17 +0000</pubDate>
				<category><![CDATA[Tribunales]]></category>
		<category><![CDATA[fallo]]></category>
		<category><![CDATA[Fiscalía de Estado]]></category>
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					<description><![CDATA[<p>La Justicia Federal dispuso ordenar a la Provincia de Formosa “garantizar el libre tránsito a trabajadores esenciales y por cuestiones de salud”, sin exigencia de traer PCR negativo y pago de los $5000, debiendo realizarse los PCR pero a cargo del Estado, exhortando además a que se consideren “situaciones particulares”. Ese fue el fallo que [&#8230;]</p>
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]]></description>
										<content:encoded><![CDATA[<p>La Justicia Federal dispuso <b>ordenar a la Provincia de Formosa</b> “garantizar el <b>libre tránsito a trabajadores esenciales</b> y por cuestiones de salud”, sin exigencia de traer<b> PCR negativo</b> y pago de los <b>$5000</b>, debiendo realizarse los PCR pero <b>a cargo del Estado</b>, exhortando además a que se consideren “<b>situaciones particulares</b>”.</p>
<p style="padding-left: 40px;">Ese fue el fallo que emitió la titular del Juzgado Federal N° 2 de Formosa, <b>Dra. María Belén López Macé</b>, quien hizo lugar parcialmente <b>a un Hábeas Corpus</b> presentado por <b>Luis Naidenoff </b>y <b>Martín Hernández</b>, en representación de un grupo de personas con trabajos esenciales que deben <b>circular permanentemente entre las dos jurisdicciones</b> interprovinciales de Chaco y Formosa. La presentación se hizo con el patrocinio letrado de los abogados Dres. <b>Emanuel Zieseniss, Agostina Villaggi, Elida Emilia Maciel, y Juan Sebastián Montoya.</b></p>
<p>“El alcance del fallo es para todos los que están determinados como esenciales, médicos, docentes, y que entran y salen en el ejercicio de sus funciones. Esto pasó por un caso particular de <b>médicos y docentes de El Colorado </b>que por razones laborales tenían que ir y venir” sostuvo al respecto Juan Sebastián Montoya, uno de los abogados.</p>
<p><a href="https://www.noticiasformosa.com.ar/wp-content/uploads/2021/05/juez-belen-lopez-mace.jpg"><img decoding="async" class="aligncenter size-full wp-image-129701" src="https://www.noticiasformosa.com.ar/wp-content/uploads/2021/05/juez-belen-lopez-mace.jpg" alt="" width="798" height="571" srcset="https://www.noticiasformosa.com.ar/wp-content/uploads/2021/05/juez-belen-lopez-mace.jpg 798w, https://www.noticiasformosa.com.ar/wp-content/uploads/2021/05/juez-belen-lopez-mace-300x215.jpg 300w, https://www.noticiasformosa.com.ar/wp-content/uploads/2021/05/juez-belen-lopez-mace-768x550.jpg 768w, https://www.noticiasformosa.com.ar/wp-content/uploads/2021/05/juez-belen-lopez-mace-120x86.jpg 120w, https://www.noticiasformosa.com.ar/wp-content/uploads/2021/05/juez-belen-lopez-mace-350x250.jpg 350w, https://www.noticiasformosa.com.ar/wp-content/uploads/2021/05/juez-belen-lopez-mace-750x537.jpg 750w" sizes="(max-width: 798px) 100vw, 798px" /></a></p>
<p style="padding-left: 40px;">En el resolutorio, López Macé <b>rechazó un planteo de incompetencia</b> impulsado por la Fiscalía de Estado de Formosa y también rechazó un <b>planteo de inhibitoria</b> remitido por un juez provincial.</p>
<p>En cuanto al planteo concreto de los demandantes, la jueza federal dispuso “ordenar a la Provincia de Formosa a que <b>inste a los operadores policiales</b> afectados a la prestación de servicios en los puntos de acceso a la Provincia a instruirse y <b>acatar los alcances y eximiciones de los requisitos de ingreso para el personal esencial </b>y cuestiones de salud debidamente acreditadas dispuestas en el protocolo vigente, <b>garantizando el libre tránsito de dichos casos</b> sin exigencia de presentación de PCR negativo y pago del arancel por testeos de control, sin perjuicio de la efectiva realización de las prácticas de <b>PCR de control a cargo del Estado</b> en dichos casos; aspecto sobre el cual también se exhorta sobre la necesidad de que consideren en el protocolo especialmente aquellas <b>situaciones particulares </b>que implican el <b>desplazamiento diario interjurisdiccional </b>de los agentes excluidos por la reglamentación vigente, previendo la realización de las prácticas de PCR con intervalos de períodos racionales, a los fines de no generar perjuicio a quienes en razón a su función y/o situación personal fueran contemplados como tal y con la finalidad de no provocar un desperdicio de recursos materiales – escasos en el presente dada la alta demanda en virtud del incremento de casos positivos- como así también humanos y eventualmente <b>un dispendio jurisdiccional innecesario”</b> señala el fallo.</p>
<p style="padding-left: 40px;"><span style="color: #0000ff;"><strong>Lea aquí el fallo completo de la jueza federal López Macé:</strong></span></p>
<p><a href="https://www.noticiasformosa.com.ar/wp-content/uploads/2021/05/document-7-1.pdf" class="pdfemb-viewer" style="" data-width="max" data-height="max" data-toolbar="bottom" data-toolbar-fixed="off">document (7) (1)</a></p>
<p>La entrada <a href="https://www.noticiasformosa.com.ar/2021/05/13/fallo-federal-favorable-para-que-no-les-cobren-5-000-a-los-esenciales/">Fallo federal favorable para que no les cobren $5.000 a los esenciales</a> aparece primero en <a href="https://www.noticiasformosa.com.ar">NoticiasFormosa</a>.</p>
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			</item>
		<item>
		<title>La Justicia Federal le ordenó a Insfrán que facilite el paso de docentes entre El Colorado y Chaco</title>
		<link>https://www.noticiasformosa.com.ar/2021/03/30/la-justicia-federal-le-ordeno-a-insfran-que-facilite-el-paso-de-docentes-entre-el-colorado-y-chaco/</link>
		
		<dc:creator><![CDATA[Redacción]]></dc:creator>
		<pubDate>Tue, 30 Mar 2021 23:36:39 +0000</pubDate>
				<category><![CDATA[Tribunales]]></category>
		<category><![CDATA[Cámara Federal de Casación Penal]]></category>
		<category><![CDATA[fallo]]></category>
		<category><![CDATA[revés judicial]]></category>
		<category><![CDATA[sentencia]]></category>
		<category><![CDATA[tres]]></category>
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					<description><![CDATA[<p>La Sala IV de la Cámara Federal de Casación Penal le ordenó este martes al gobierno de Formosa que posibilite que una escuela formoseña reciba a docentes chaqueños y que habilite el cruce de esos docentes a Formosa y de formoseños a Chaco en la zona limítrofe de El Colorado, ya que hay casos puntuales [&#8230;]</p>
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]]></description>
										<content:encoded><![CDATA[<p><span style="font-weight: 400;">La Sala IV de la <strong>Cámara Federal de Casación Penal</strong> le ordenó este martes al gobierno de Formosa que posibilite que una escuela formoseña reciba a docentes chaqueños y que <strong>habilite el cruce de esos docentes a Formosa y de formoseños a Chaco en la zona limítrofe de El Colorado</strong>, ya que hay casos puntuales en los que prestan servicio docente en una provincia, pero viven en la otra jurisdicción.</span></p>
<p style="padding-left: 40px;"><span style="font-weight: 400;">En el caso, un grupo de docentes <strong>interpuso acción de habeas corpus</strong> a fin de que se le permitiera <strong>ingresar a la provincia de Formosa desde Chaco</strong> sin la obligación de cumplir cuarentena de 14 días en los centros de aislamiento establecidos por la administración de Gildo Insfrán. El planteo judicial fue patrocinado por los abogados <strong>Emanuel Zieseniss, Juan Sebastián Montoya y Agostina Villaggi.</strong></span></p>
<p><span style="font-weight: 400;">Los maestros invocaron que <strong>se les estaba afectando el derecho a la libre circulación</strong> y que las medidas dispuestas por el gobierno de Formosa <strong>vulneraban su derecho al trabajo</strong> y, en definitiva, el normal funcionamiento de la educación primaria de la provincia.</span></p>
<p style="padding-left: 40px;"><span style="font-weight: 400;">Luego de que el juez federal de primera instancia de Formosa Pablo Morán <strong>rechazara el habeas corpus sosteniendo que los cuestionamientos debían haber sido formulados ante las autoridades administrativas correspondientes</strong>, y que los docentes no iban a perder sus puestos de trabajo por la prohibición de despidos vigente, los accionantes <strong>apelaron el fallo.</strong></span></p>
<p><span style="font-weight: 400;">Esto motivó la intervención de la Cámara Federal de Apelaciones de Resistencia, que el 11 de marzo de 2021 hizo lugar al habeas corpus y le ordenó a la administración de Insfrán “que en un <strong>plazo máximo de cinco días</strong> corridos a partir de la notificación de la presente adopte las medidas sanitarias y protocolos específicos, <strong>a efectos de que los beneficiarios y demás trabajadores de la educación que se encuentren en similares situaciones puedan asistir cotidianamente y de forma fluida a sus lugares de trabajo en ambas provincias</strong> sin condicionamientos que excedan los criterios de razonabilidad e impliquen demoras que afecten el normal desarrollo del proceso de vuelta a clases”. El escrito <strong>se presentó en principio por seis trabajadores de la educación que para prestar servicios, deben ir y venir de El Colorado a San Martín, Chaco</strong>, sin embargo, la resolución salió en forma colectiva ante la existencia de otros docentes en iguales condiciones.</span></p>
<p style="padding-left: 40px;"><span style="font-weight: 400;">Tras esto, <strong>la Fiscal de Estado de Formosa interpuso el recurso de casación</strong> en el que cuestionó la decisión de la Cámara de Resistencia al considerar que desconocía normas constitucionales que <strong>garantizaban la autonomía provincial y coartaba las facultades</strong> con las que contaba la provincia de Formosa para dictar, en su territorio, las normas sanitarias pertinentes para evitar la propagación del coronavirus.</span></p>
<p><span style="font-weight: 400;">Sin embargo, el 25 de marzo pasado la propia Fiscal de Estado formoseña -recurrente en las actuaciones- presentó un escrito informando que desde las 0 horas del 23 de marzo <strong>regía en Formosa un nuevo protocolo que permitía el ingreso de personas a la provincia sin la obligación de realizar cuarentena</strong> en sitios estatales. Esto siempre que se sometieran a un hisopado al ingresar y luego se practicaran otro test a los cinco y 10 días del ingreso, pudiendo aguardar el resultado de los mismos en el domicilio que informaran en la declaración jurada que debían suscribir.</span></p>
<p style="padding-left: 40px;"><span style="font-weight: 400;">En función de ello, los camaristas Javier Carbajo, Ángela Ledesma y Mariano Borinsky entendieron que la situación que originó la interposición <strong>por parte de los docentes de la acción de habeas corpus había cambiado</strong>, por lo que <strong>era inoficioso pronunciarse sobre el recurso de casación</strong> interpuesto. Con esto, quedó firme el fallo de la Cámara Federal de Apelaciones de Resistencia, <strong>pero en su sustancia se tornó obsoleto dadas las características del nuevo protocolo</strong> de ingreso a la provincia, donde ya no es necesario el aislamiento de 14 días, dado que las personas que ingresan a Formosa sólo firman una declaración jurada.</span></p>
<p><span style="color: #0000ff;"><strong>Lea aquí el fallo completo de la Cámara Federal de Casación Penal:</strong></span></p>
<p><a href="https://www.noticiasformosa.com.ar/wp-content/uploads/2021/03/document-9-10.pdf" class="pdfemb-viewer" style="" data-width="max" data-height="max" data-toolbar="bottom" data-toolbar-fixed="off">document (9) (10)</a></p>
<p>&nbsp;</p>
<p><b><i>También lea</i></b></p>
<blockquote class="wp-embedded-content" data-secret="eBtvgQ5CvW"><p><a href="https://www.noticiasformosa.com.ar/2021/03/15/piden-que-la-justicia-federal-de-formosa-resuelva-sobre-el-dnu-de-alberto-fernandez/">Piden que la justicia federal de Formosa resuelva sobre el DNU de Alberto Fernández</a></p></blockquote>
<p><iframe class="wp-embedded-content" sandbox="allow-scripts" security="restricted"  title="«Piden que la justicia federal de Formosa resuelva sobre el DNU de Alberto Fernández» — NoticiasFormosa" src="https://www.noticiasformosa.com.ar/2021/03/15/piden-que-la-justicia-federal-de-formosa-resuelva-sobre-el-dnu-de-alberto-fernandez/embed/#?secret=GMhVy8cWyc#?secret=eBtvgQ5CvW" data-secret="eBtvgQ5CvW" width="500" height="282" frameborder="0" marginwidth="0" marginheight="0" scrolling="no"></iframe></p>
<p>La entrada <a href="https://www.noticiasformosa.com.ar/2021/03/30/la-justicia-federal-le-ordeno-a-insfran-que-facilite-el-paso-de-docentes-entre-el-colorado-y-chaco/">La Justicia Federal le ordenó a Insfrán que facilite el paso de docentes entre El Colorado y Chaco</a> aparece primero en <a href="https://www.noticiasformosa.com.ar">NoticiasFormosa</a>.</p>
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		<title>La Corte dejó firme sentencia   Del STJ en demanda de Insfrán contra Hernández, Cóspito y González</title>
		<link>https://www.noticiasformosa.com.ar/2021/03/05/la-corte-dejo-firme-sentencia-del-stj-en-demanda-de-insfran-contra-hernandez-cospito-y-gonzalez/</link>
		
		<dc:creator><![CDATA[NF Redacción]]></dc:creator>
		<pubDate>Fri, 05 Mar 2021 04:20:21 +0000</pubDate>
				<category><![CDATA[General]]></category>
		<category><![CDATA[fallo]]></category>
		<category><![CDATA[Formosa]]></category>
		<category><![CDATA[Gabriel Hernández]]></category>
		<category><![CDATA[Gildo Insfrán]]></category>
		<category><![CDATA[periodistas]]></category>
		<category><![CDATA[tres]]></category>
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					<description><![CDATA[<p>La Corte Suprema de Justicia de la Nación dejó firme el fallo del Superior Tribunal de Justicia de la provincia en la demanda del gobernador Gildo Insfrán contra un grupo de periodistas que fueron condenados al pago solidario de 1,2 millones de pesos por declaraciones injuriantes en un programa radial que vinculaban al mandatario con [&#8230;]</p>
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]]></description>
										<content:encoded><![CDATA[<p class="x_MsoNormal">La <strong>Corte Suprema de Justicia de la Nación</strong> dejó firme el fallo del Superior Tribunal de Justicia de la provincia en la demanda del gobernador Gildo Insfrán contra un grupo de periodistas que fueron condenados al pago solidario de 1,2 millones de pesos por declaraciones injuriantes en un programa radial que vinculaban al mandatario con la muerte de su hijo <strong>Gildo Miguel. </strong></p>
<blockquote class="pullquote align-center">
<p class="x_MsoNormal"><span style="color: #ff0000;">El máximo tribunal argentino decretó hoy la caducidad del recurso que presentaron los apoderados de una de las partes del proceso, la radio <strong>FM Fantasía</strong>, porque nunca impulsaron el proceso después de aceptada la instancia extraordinaria. </span></p>
</blockquote>
<p class="x_MsoNormal">La demanda fue por afirmaciones hechas en esa radio sobre el suicidio del hijo del gobernador, en las que se daba a entender que el mandatario habría estado vinculado en el hecho.</p>
<p><img loading="lazy" decoding="async" class="aligncenter size-full wp-image-70928" src="https://www.noticiasformosa.com.ar/wp-content/uploads/2016/07/julian-hernandez.jpg" alt="" width="736" height="443" srcset="https://www.noticiasformosa.com.ar/wp-content/uploads/2016/07/julian-hernandez.jpg 736w, https://www.noticiasformosa.com.ar/wp-content/uploads/2016/07/julian-hernandez-600x361.jpg 600w, https://www.noticiasformosa.com.ar/wp-content/uploads/2016/07/julian-hernandez-300x181.jpg 300w, https://www.noticiasformosa.com.ar/wp-content/uploads/2016/07/julian-hernandez-622x374.jpg 622w" sizes="(max-width: 736px) 100vw, 736px" /></p>
<p class="x_MsoNormal">Ayer, la Corte decidió declarar la <strong>“caducidad de la instancia extraordinaria”</strong> habida cuenta que desde la última actuación del Tribunal encaminada a impulsar el proceso transcurrió un plazo superior al que establece el <em>Código de Procedimiento Civil y Comercial de la Nación</em>, sin que los abogados que presentaron el recurso hayan activado su tramitación.</p>
<blockquote class="pullquote align-center">
<p class="jeg_post_title"><a href="https://www.noticiasformosa.com.ar/2018/04/18/fallo-del-stj-es-una-sentencia-a-favor-de-gildo-insfran-dijo-gabriel-hernandez/" target="_blank" rel="noopener noreferrer"><span style="color: #ff0000;">Fallo del STJ: “Es una sentencia a favor de Gildo Insfrán” dijo Gabriel Hernández</span></a></p>
</blockquote>
<p class="x_MsoNormal">De esta forma, con las firmas de los ministros de la Corte Suprema: <strong>Ricardo Lorenzetti, Juan Carlos Maqueda, Carlos Rosenkrantz y Elena Highton</strong> -Horacio Rosatti no firmó y no indicó motivo- quedó firme la decisión apelada del <strong>Tribunal Superior de Justicia de Formosa</strong> que rechazó los recursos extraordinarios por arbitrariedad de sentencia que presentaron los condenados contra el fallo de la Cámara de Apelaciones en lo Civil y Comercial que hizo lugar a la demanda por daños y perjuicios impulsada oportunamente por el gobernador Gildo Insfrán por las afirmaciones realizadas en el <strong>programa radial «Mano a mano»</strong>, emitido en la <strong>FM Fantasía</strong> y conducido por <strong>Gabriel Hernández, Andrea Cóspito y Carlos Julián González (por haber difundido, después, el suceso)</strong>, hecho que <a href="https://www.diariojudicial.com/nota/80556/superior-tribunal-provincial/el-oyente-radial-que-condeno-a-tres-periodistas.html" target="_blank" rel="noopener noreferrer">ocurrió en el 2013, cuando un oyente anónimo habló del suicido del hijo de Insfrán y vinculó al mandatario provincial con el hecho.  </a></p>
<p class="x_MsoNormal"><strong>INJURIANTE</strong></p>
<p class="x_MsoNormal">Insfrán consideró <span class="highlight" style="background-color: #dd3333; color: #ffffff;">«injuriante»</span> la intervención del oyente y denunció haber sufrido un grave <span class="highlight" style="background-color: #666666; color: #ffffff;">«daño moral»</span> y afectación de su <em>«honor, derecho a la intimidad, prestigio y memoria de su hijo fallecido”. </em></p>
<p class="x_MsoNormal" style="padding-left: 40px;">Para arribar a dicha decisión, el STJ entendió que se <em>“determina claramente la responsabilidad de los demandados” que se deriva de “haberse mantenido en una actitud pasiva ante las manifestaciones de un oyente anónimo, a quien por cierto nunca se trató de identificar en el transcurso del programa ni con posterioridad, en pos de su atribución a una fuente de información</em>”.</p>
<blockquote class="pullquote align-center">
<p class="jeg_post_title"><span style="color: #ff0000;"><a style="color: #ff0000;" href="https://www.noticiasformosa.com.ar/2018/04/17/el-stj-confirmo-condena-civil-contra-periodistas-por-dano-moral-a-gildo/" target="_blank" rel="noopener noreferrer">El STJ confirmó condena civil contra periodistas “por daño moral” a Gildo</a></span></p>
</blockquote>
<p class="x_MsoNormal">Los periodistas “omitieron aclarar o indagar acerca del origen de la versión difundida, lo que hubiera permitido a la audiencia formarse un juicio certero de credibilidad y así evitar la causación del daño a través de la instalación de un tema con evidente intención dolosa”, afirmó el fallo de la<strong> Corte Provincial. </strong></p>
<blockquote class="pullquote align-center"><p><span style="color: #ff0000;">Los demandados fueron condenados al pago solidario de <strong>1,2 millones de pesos</strong> que ahora deberá ser <strong>actualizado</strong>.</span></p></blockquote>
<p class="x_MsoNormal"><em>“Los demandados pretenden ampararse en la libertad de expresión pero ésta, bajo ningún punto de vista, tutela a las manifestaciones injuriosas disfrazadas de noticia, la cual, estrictamente, debe consistir en un relato objetivo y verdadero de un suceso cuyo conocimiento importa hacerlo público en tiempo oportuno, en razón de su relevancia social”</em>, aseveró el pronunciamiento judicial.</p>
<p class="x_MsoBodyText">El <strong>Superior Tribunal de Justicia de Formosa</strong> había señalado en su momento  que era de aplicación el <strong>artículo 11 de la CIDH</strong> en función del 13 de la misma Convención, al referirse a las responsabilidades ulteriores de quienes se expresan libremente, afectando el honor de las personas y cuando la información es objetivamente falsa, difundida con pleno conocimiento de esa falsedad</p>
<p class="x_MsoBodyText" style="padding-left: 40px;">Para el máximo órgano de justicia provincial, <em>«tal como está probado en este caso, con el objeto de sembrar la duda sobre un hecho ocurrido 10 años atrás, <strong>atribuyendo a Gildo Insfrán la muerte de su propio hijo</strong>, y a través de esa información desacreditar al demandante, constituyendo un dato objetivamente infamante que nada tiene que ver con la función pública que el mismo cumple, porque si al hecho de revolver o hacer revivir uno de los dramas más dolorosos que puede afectar a cualquier persona, como es la muerte de un hijo, se le agrega irresponsablemente la infamante atribución de ser el directo responsable de esa muerte, teniendo los demandados los medios para corregir esa falsedad, la conducta antijurídica queda plenamente configurada y pretender amparar la misma en la garantía de la libertad de expresión, es francamente un agravio a la inteligencia humana”</em>.</p>
<p class="x_MsoNormal">El <strong>gobernador Insfrán</strong> manifestó en esa oportunidad que <strong>no lo movió un interés económico</strong>, por lo que espera que tras el resultado del fallo los recursos sean <strong>destinados a la Asociación de Familiares y Amigos de Discapacitados “Manos Abiertas”</strong> y a la <strong>Asociación de Ayuda al Niño Especial “Intégrame”</strong>, tal como lo había señalado en una solicitada en 2015.</p>
<p><strong>TAMBIÉN LEA</strong></p>
<blockquote class="wp-embedded-content" data-secret="HeC2dAHac7"><p><a href="https://www.noticiasformosa.com.ar/2015/06/13/el-fallo-de-la-jueza-drovandi-sigue-cruzando-el-bermejo/">El fallo de la jueza Drovandi sigue cruzando el Bermejo</a></p></blockquote>
<p><iframe class="wp-embedded-content" sandbox="allow-scripts" security="restricted"  title="«El fallo de la jueza Drovandi sigue cruzando el Bermejo» — NoticiasFormosa" src="https://www.noticiasformosa.com.ar/2015/06/13/el-fallo-de-la-jueza-drovandi-sigue-cruzando-el-bermejo/embed/#?secret=bGNV4aLVZt#?secret=HeC2dAHac7" data-secret="HeC2dAHac7" width="500" height="282" frameborder="0" marginwidth="0" marginheight="0" scrolling="no"></iframe></p>
<p>La entrada <a href="https://www.noticiasformosa.com.ar/2021/03/05/la-corte-dejo-firme-sentencia-del-stj-en-demanda-de-insfran-contra-hernandez-cospito-y-gonzalez/">La Corte dejó firme sentencia   Del STJ en demanda de Insfrán contra Hernández, Cóspito y González</a> aparece primero en <a href="https://www.noticiasformosa.com.ar">NoticiasFormosa</a>.</p>
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			</item>
		<item>
		<title>La Cámara de Casación desestimó recurso extraordinario de la Fiscal de Estado</title>
		<link>https://www.noticiasformosa.com.ar/2021/02/11/la-camara-de-casacion-desestimo-recurso-extraordinario-de-la-fiscal-de-estado/</link>
		
		<dc:creator><![CDATA[Redacción]]></dc:creator>
		<pubDate>Fri, 12 Feb 2021 02:59:12 +0000</pubDate>
				<category><![CDATA[Tribunales]]></category>
		<category><![CDATA[Casación Penal Federal]]></category>
		<category><![CDATA[fallo]]></category>
		<category><![CDATA[Fiscalía de Estado]]></category>
		<category><![CDATA[revés judicial]]></category>
		<category><![CDATA[tres]]></category>
		<guid isPermaLink="false">https://www.noticiasformosa.com.ar/?p=125252</guid>

					<description><![CDATA[<p>La Cámara de Casación rechazó el recurso interpuesto por el Gobierno de Formosa para ir a la Corte Suprema de Justicia. Así, ratificó la competencia del Juzgado Federal en entender en el hábeas corpus presentado por Luis Naidenoff. Pese a los esfuerzos de la Fiscal de Estado de Formosa, Estela Zabala, nuevamente obtuvo un revés [&#8230;]</p>
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]]></description>
										<content:encoded><![CDATA[<p>La Cámara de Casación <b>rechazó el recurso interpuesto por el Gobierno de Formosa</b> para ir a la Corte Suprema de Justicia. Así, <b>ratificó la competencia del Juzgado Federal</b> en entender en el hábeas corpus presentado por <b>Luis Naidenoff</b>.</p>
<p style="padding-left: 40px;"><b>Pese a los esfuerzos de la Fiscal de Estado</b> de Formosa, Estela Zabala, nuevamente obtuvo un revés judicial en una alta instancia federal, que convalida las pretensiones del impulsor del Hábeas Corpus, el senador radical Luis Naidenoff, por lo menos en lo que respecta a competencia.</p>
<p>En su fallo, los camaristas <b>Mariano Hernán Borinsky</b> y <b>Javier Carbajo</b>, señalaron que “las resoluciones que deciden cuestiones de competencia, por regla general, <b>no constituyen una sentencia definitiva </b>ya que su dictado no imposibilita la prosecución de las actuaciones”.</p>
<p style="padding-left: 40px;">Por otro lado, los jueces afirmaron que además, “<b>tampoco se encuentra suficientemente argumentada la existencia de una cuestión federal </b>(otro requisito exigido por la ley 48 a los efectos de acceder al Máximo Tribunal por vía de recurso extraordinario). En tal sentido, no ha sido demostrada en el caso la alegada vulneración a la <b>garantía constitucional a la autonomía provincial</b>”.</p>
<p>Agregaron que “<b>tampoco ha sido fundamentada la arbitrariedad de sentencia</b>. Sobre esto último, es menester que se demuestren defectos graves en la decisión recurrida que la descalifiquen como acto jurisdiccional válido, lo cual <b>el recurrente no ha acreditado tampoco en este caso</b>”.</p>
<p style="padding-left: 40px;">A partir de esta decisión judicial, la Fiscalía de Estado <b>tiene un último recurso por impulsar,</b> que es el <b>recurso de queja por recurso extraordinario denegado</b>, que se presenta directamente en la Corte Suprema y es ésta la que decide si admite o no el tratamiento de la cuestión.</p>
<p><span style="color: #0000ff;"><b>Lea aquí el fallo completo de la Cámara de Casación Penal Federal:</b></span></p>
<p><a href="https://www.noticiasformosa.com.ar/wp-content/uploads/2021/02/document-4.pdf" class="pdfemb-viewer" style="" data-width="max" data-height="max" data-toolbar="bottom" data-toolbar-fixed="off">document (4)</a></p>
<p>&nbsp;</p>
<p><i><u><b>También lea</b></u></i></p>
<blockquote class="wp-embedded-content" data-secret="uUw5OwMpEp"><p><a href="https://www.noticiasformosa.com.ar/2020/10/29/varados-otro-reves-para-el-gobierno-en-la-camara-federal-de-apelaciones/">Varados: Otro revés para el gobierno en la Cámara Federal de Apelaciones</a></p></blockquote>
<p><iframe class="wp-embedded-content" sandbox="allow-scripts" security="restricted"  title="«Varados: Otro revés para el gobierno en la Cámara Federal de Apelaciones» — NoticiasFormosa" src="https://www.noticiasformosa.com.ar/2020/10/29/varados-otro-reves-para-el-gobierno-en-la-camara-federal-de-apelaciones/embed/#?secret=irhfLMuJEM#?secret=uUw5OwMpEp" data-secret="uUw5OwMpEp" width="500" height="282" frameborder="0" marginwidth="0" marginheight="0" scrolling="no"></iframe></p>
<p>La entrada <a href="https://www.noticiasformosa.com.ar/2021/02/11/la-camara-de-casacion-desestimo-recurso-extraordinario-de-la-fiscal-de-estado/">La Cámara de Casación desestimó recurso extraordinario de la Fiscal de Estado</a> aparece primero en <a href="https://www.noticiasformosa.com.ar">NoticiasFormosa</a>.</p>
]]></content:encoded>
					
		
		
			</item>
		<item>
		<title>López Macé requirió informes al Gobierno por varios aislados</title>
		<link>https://www.noticiasformosa.com.ar/2021/01/29/lopez-mace-requirio-informes-al-gobierno-por-varios-aislados/</link>
		
		<dc:creator><![CDATA[Redacción]]></dc:creator>
		<pubDate>Fri, 29 Jan 2021 19:11:05 +0000</pubDate>
				<category><![CDATA[Tribunales]]></category>
		<category><![CDATA[fallo]]></category>
		<category><![CDATA[hábeas corpus]]></category>
		<category><![CDATA[María Belén López Macé]]></category>
		<category><![CDATA[tres]]></category>
		<guid isPermaLink="false">https://www.noticiasformosa.com.ar/?p=124691</guid>

					<description><![CDATA[<p>La jueza federal N° 2 de Formosa, Dra. María Belén López Macé, recibió el fallo de la Cámara de Casación Federal por el cual se revocó su fallo de incompetencia de entender en la cuestión y le ordenaron que tramite el recurso, por lo cual, de forma presurosa, remitió a la provincia sendos pedidos de [&#8230;]</p>
<p>La entrada <a href="https://www.noticiasformosa.com.ar/2021/01/29/lopez-mace-requirio-informes-al-gobierno-por-varios-aislados/">López Macé requirió informes al Gobierno por varios aislados</a> aparece primero en <a href="https://www.noticiasformosa.com.ar">NoticiasFormosa</a>.</p>
]]></description>
										<content:encoded><![CDATA[<p>La jueza federal N° 2 de Formosa,<b> Dra. María Belén López Macé</b>, recibió el fallo de la Cámara de Casación Federal por el cual se revocó su fallo de incompetencia de entender en la cuestión <b>y</b> <b>le</b> <b>ordenaron que tramite el recurso,</b> por lo cual, de forma presurosa, remitió a la provincia sendos <b>pedidos de informes al Gobierno de Formosa</b> sobre la situación de personas aisladas mencionadas en los escritos.</p>
<p style="padding-left: 40px;">La tramitación del Recurso de Habeas Corpus está reglada por la <b>Ley N° 23.098, </b>que establece los requisitos y procedimientos para resolver este tipo de planteo.</p>
<p>En este aspecto, López Macé le dio <b>un plazo de 24 horas </b>a la Fiscalía de Estado para que presente un informe pormenorizado respecto de la situación de un grupo de personas que impulsaron la medida.</p>
<p style="padding-left: 40px;">La idea es analizar si surge de los <b>hechos, tiempo y lugar de aislamiento</b>, cantidad de hisopados realizados y todo otro dato de interés, como así también las normativas y resoluciones en las cuales se avalan los procedimientos, a fin de <b>determinar si hubo restricción de derechos</b>, tal como denuncian los afectados.</p>
<p>Tras el informe, está prevista la realización de<b> una audiencia por sistema remoto</b>, que prevé la ley, y que será el último paso antes de que la jueza resuelva sobre la cuestión.</p>
<p style="padding-left: 40px;">Más allá de que la mayoría de las personas <b>ya retornaron a sus hogares</b>, en el ámbito judicial, el hecho de que la situación gravosa haya terminado, <b>no significa que el delito haya desaparecido</b>, ya que si se prueba que hubo limitación de derechos, la jueza debería expedirse en tal sentido. En otras palabras, si aquellas personas ya están hoy en sus casas, no significa que haya que olvidar que estuvieron encerrados contra su voluntad o con determinado autoritarismo sobre sus derechos individuales <b>so pretexto de medidas sanitarias de bien común.</b></p>
<p>&nbsp;</p>
<p><i><u><b>También lea</b></u></i></p>
<blockquote class="wp-embedded-content" data-secret="gkKPtmeqL6"><p><a href="https://www.noticiasformosa.com.ar/2021/01/12/carta-abierta-a-la-ciudadania/">Carta abierta a la ciudadanía</a></p></blockquote>
<p><iframe class="wp-embedded-content" sandbox="allow-scripts" security="restricted"  title="«Carta abierta a la ciudadanía» — NoticiasFormosa" src="https://www.noticiasformosa.com.ar/2021/01/12/carta-abierta-a-la-ciudadania/embed/#?secret=Kmm41AqHYm#?secret=gkKPtmeqL6" data-secret="gkKPtmeqL6" width="500" height="282" frameborder="0" marginwidth="0" marginheight="0" scrolling="no"></iframe></p>
<p>La entrada <a href="https://www.noticiasformosa.com.ar/2021/01/29/lopez-mace-requirio-informes-al-gobierno-por-varios-aislados/">López Macé requirió informes al Gobierno por varios aislados</a> aparece primero en <a href="https://www.noticiasformosa.com.ar">NoticiasFormosa</a>.</p>
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		<title>Carbajal le prohibió al Gobierno que le cobre gastos a los varados</title>
		<link>https://www.noticiasformosa.com.ar/2020/11/04/carbajal-le-prohibio-al-gobierno-que-le-cobre-gastos-a-los-varados/</link>
		
		<dc:creator><![CDATA[Redacción]]></dc:creator>
		<pubDate>Wed, 04 Nov 2020 22:37:16 +0000</pubDate>
				<category><![CDATA[Pandemia]]></category>
		<category><![CDATA[fallo]]></category>
		<category><![CDATA[Fernando Carbajal]]></category>
		<category><![CDATA[hábeas corpus]]></category>
		<category><![CDATA[Martín Hernández]]></category>
		<category><![CDATA[programa de ingreso ordenado]]></category>
		<category><![CDATA[tres]]></category>
		<category><![CDATA[varados]]></category>
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					<description><![CDATA[<p>Otro dolor de cabeza para González: Un fallo del juez federal subrogante Fernando Carbajal ordena al Gobierno de Formosa que habilite el ingreso de unos 20 formoseños que regresan desde Mendoza, Buenos Aires, Córdoba y Corrientes. El Estado deberá hacerse cargo de los gastos de hisopados y alojamiento de la cuarentena. “No pueden obligar a [&#8230;]</p>
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]]></description>
										<content:encoded><![CDATA[<p><strong>Otro dolor de cabeza para González</strong>: Un fallo del juez federal subrogante Fernando Carbajal ordena al Gobierno de Formosa que <strong>habilite el ingreso de unos 20 formoseños</strong> que regresan desde <em>Mendoza, Buenos Aires, Córdoba y Corrientes</em>.</p>
<p style="padding-left: 40px;">El Estado <strong>deberá hacerse cargo de los gastos</strong> de hisopados y alojamiento de la cuarentena. <em>“No pueden obligar a nadie a ir a un hotel y pagar”</em> aseguró el abogado <strong>Martín Hernández</strong> que los representa, junto con la Dra. Agostina Villaggi.</p>
<p>“Creo que está claro que <strong>la provincia no puede cobrar a los que no pueden pagar</strong>, o sea situación económica precaria y vulnerabilidad (como es la gran mayoría), no pueden establecer condiciones restrictivas o impeditivas de ingreso <strong>fundados en cuestiones económicas</strong>” apuntó Hernández.</p>
<p style="padding-left: 40px;">“Lo digo por lo que estuvo exigiendo el Consejo en estos días. <strong>Plazos razonables de ingreso, condiciones adecuadas de aislamiento</strong>, que no puede haber un trato desigual para los que ingresan y de ninguna manera se puede impedir por razones económicas” explicó sobre la sentencia.</p>
<p><a href="https://www.noticiasformosa.com.ar/wp-content/uploads/2020/11/898800f7-16d6-4e4d-81cf-8cd349914455.jpg"><img loading="lazy" decoding="async" width="1024" height="1024" class="aligncenter size-large wp-image-121045" src="https://www.noticiasformosa.com.ar/wp-content/uploads/2020/11/898800f7-16d6-4e4d-81cf-8cd349914455-1024x1024.jpg" alt="" srcset="https://www.noticiasformosa.com.ar/wp-content/uploads/2020/11/898800f7-16d6-4e4d-81cf-8cd349914455-1024x1024.jpg 1024w, https://www.noticiasformosa.com.ar/wp-content/uploads/2020/11/898800f7-16d6-4e4d-81cf-8cd349914455-300x300.jpg 300w, https://www.noticiasformosa.com.ar/wp-content/uploads/2020/11/898800f7-16d6-4e4d-81cf-8cd349914455-150x150.jpg 150w, https://www.noticiasformosa.com.ar/wp-content/uploads/2020/11/898800f7-16d6-4e4d-81cf-8cd349914455-768x768.jpg 768w, https://www.noticiasformosa.com.ar/wp-content/uploads/2020/11/898800f7-16d6-4e4d-81cf-8cd349914455-75x75.jpg 75w, https://www.noticiasformosa.com.ar/wp-content/uploads/2020/11/898800f7-16d6-4e4d-81cf-8cd349914455-750x750.jpg 750w, https://www.noticiasformosa.com.ar/wp-content/uploads/2020/11/898800f7-16d6-4e4d-81cf-8cd349914455-1140x1140.jpg 1140w, https://www.noticiasformosa.com.ar/wp-content/uploads/2020/11/898800f7-16d6-4e4d-81cf-8cd349914455.jpg 1280w" sizes="(max-width: 1024px) 100vw, 1024px" /></a></p>
<p>Entre otras características, el fallo le ordena a la provincia <strong>que tenga en cuenta la distancia en la que se encuentra el formoseño varado</strong>, y qué medio de movilidad utilizará para llegar a Formosa, para establecer la fecha de su ingreso.</p>
<p style="padding-left: 40px;">Quedó establecido que “el cumplimiento del hisopado, como el periodo de cuarentena y el resto de las normas sanitarias, <strong>son ineludibles requisitos de orden público para proceder a autorizar el ingreso</strong>, por lo cual la provincia de Formosa no va a incurrir en incumplimiento de la orden judicial, si algún ciudadano se niega a realizar algunos de estos actos”, en suma, lo que define este punto es que la única forma de que un varado con orden judicial de ingreso no entre a Formosa, sería que éste se niegue a los hisopados, aislamiento u otras medidas sanitarias.</p>
<p>La sentencia también impuso las costas del juicio a la provincia <strong>en orden al principio objetivo de la derrota</strong>, es decir, tendrá que pagar por los gastos que se dispensaron para el proceso judicial.</p>
<p style="padding-left: 40px;">Como dato relevante, también, el fallo de Carbajal <strong>aludió a una frase que es repetida en los ámbitos políticos provinciales</strong>, al señalar “los ingresos que se producen por orden judicial, <strong>no se producen por fuera del programa</strong> de ingreso ordenado y administrado, <strong>sino que son la corrección de dicho programa</strong>, por cuanto <strong>resulta ilegal, inconstitucional y violatorio del principio de igualdad</strong> establecer diferentes condiciones de ingreso”.</p>
<p><span style="color: #0000ff;"><strong>Lea aquí el fallo que ordena el ingreso de 20 varados:</strong></span></p>
<p><a href="https://www.noticiasformosa.com.ar/wp-content/uploads/2020/11/FALLO.pdf" class="pdfemb-viewer" style="" data-width="max" data-height="max" data-toolbar="bottom" data-toolbar-fixed="off">FALLO</a></p>
<p>&nbsp;</p>
<p><em><strong>También lea</strong></em></p>
<blockquote class="wp-embedded-content" data-secret="5sOafUpPG4"><p><a href="https://www.noticiasformosa.com.ar/2020/10/29/la-corte-se-apresta-a-definir-si-formosa-viola-los-derechos-constitucionales-de-los-varados/">La Corte se apresta a definir si Formosa viola los derechos constitucionales de los varados</a></p></blockquote>
<p><iframe class="wp-embedded-content" sandbox="allow-scripts" security="restricted"  title="«La Corte se apresta a definir si Formosa viola los derechos constitucionales de los varados» — NoticiasFormosa" src="https://www.noticiasformosa.com.ar/2020/10/29/la-corte-se-apresta-a-definir-si-formosa-viola-los-derechos-constitucionales-de-los-varados/embed/#?secret=ekNEFdkScI#?secret=5sOafUpPG4" data-secret="5sOafUpPG4" width="500" height="282" frameborder="0" marginwidth="0" marginheight="0" scrolling="no"></iframe></p>
<p>La entrada <a href="https://www.noticiasformosa.com.ar/2020/11/04/carbajal-le-prohibio-al-gobierno-que-le-cobre-gastos-a-los-varados/">Carbajal le prohibió al Gobierno que le cobre gastos a los varados</a> aparece primero en <a href="https://www.noticiasformosa.com.ar">NoticiasFormosa</a>.</p>
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		<title>Juez Carbajal ordenó al Consejo Covid que fije fecha para ingreso de un varado</title>
		<link>https://www.noticiasformosa.com.ar/2020/07/09/juez-carbajal-ordeno-al-consejo-covid-que-fije-fecha-para-ingreso-de-un-varado/</link>
		
		<dc:creator><![CDATA[Redacción]]></dc:creator>
		<pubDate>Thu, 09 Jul 2020 19:02:06 +0000</pubDate>
				<category><![CDATA[Tribunales]]></category>
		<category><![CDATA[Consejo de atención integral a la emergencia covid-19]]></category>
		<category><![CDATA[fallo]]></category>
		<category><![CDATA[Fernando Carbajal]]></category>
		<category><![CDATA[hábeas corpus]]></category>
		<category><![CDATA[justicia federal]]></category>
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					<description><![CDATA[<p>El juez federal N° 2 Fernando Carbajal emitió hoy su fallo sobre el habeas corpus de un varado en Puerto Eva Perón, Chaco. Si bien rechazó el recurso, en el resolutorio le impuso al Consejo Covid que encabeza Jorge González a que fije en el término de 72 horas, una fecha en la cual permitirá [&#8230;]</p>
<p>La entrada <a href="https://www.noticiasformosa.com.ar/2020/07/09/juez-carbajal-ordeno-al-consejo-covid-que-fije-fecha-para-ingreso-de-un-varado/">Juez Carbajal ordenó al Consejo Covid que fije fecha para ingreso de un varado</a> aparece primero en <a href="https://www.noticiasformosa.com.ar">NoticiasFormosa</a>.</p>
]]></description>
										<content:encoded><![CDATA[<p>El juez federal N° 2 Fernando Carbajal emitió hoy su <b>fallo sobre el habeas corpus</b> de un <b>varado en Puerto Eva Perón</b>, Chaco. Si bien <b>rechazó el recurso</b>, en el resolutorio <b>le impuso al Consejo Covid </b>que encabeza Jorge González a <b>que fije en el término de 72 horas, una fecha en la cual permitirá el ingreso </b>del recurrente (varado). Sin embargo, <em><strong>el nuevo caso positivo detectado hoy</strong></em>, <span style="color: #ff0000;"><b>podría hacer perder efectividad</b></span> a la decisión judicial.</p>
<p><a href="https://www.noticiasformosa.com.ar/wp-content/uploads/2020/07/WhatsApp-Image-2020-07-09-at-13.10.49.jpeg"><img loading="lazy" decoding="async" class="aligncenter size-large wp-image-112934" src="https://www.noticiasformosa.com.ar/wp-content/uploads/2020/07/WhatsApp-Image-2020-07-09-at-13.10.49-1024x850.jpeg" alt="" width="1000" height="830" srcset="https://www.noticiasformosa.com.ar/wp-content/uploads/2020/07/WhatsApp-Image-2020-07-09-at-13.10.49-1024x850.jpeg 1024w, https://www.noticiasformosa.com.ar/wp-content/uploads/2020/07/WhatsApp-Image-2020-07-09-at-13.10.49-600x498.jpeg 600w, https://www.noticiasformosa.com.ar/wp-content/uploads/2020/07/WhatsApp-Image-2020-07-09-at-13.10.49-300x249.jpeg 300w, https://www.noticiasformosa.com.ar/wp-content/uploads/2020/07/WhatsApp-Image-2020-07-09-at-13.10.49-768x638.jpeg 768w, https://www.noticiasformosa.com.ar/wp-content/uploads/2020/07/WhatsApp-Image-2020-07-09-at-13.10.49.jpeg 1125w" sizes="(max-width: 1000px) 100vw, 1000px" /></a></p>
<p style="padding-left: 40px;">El Hábeas Corpus que había sido presentado por una persona ante la Justicia Federal por los abogados Carlos Roberto Lee y Fabricio Villagi Nicora <b>obtuvo una resolución judicial</b> de parte del juez federal subrogante N° 2 de Formosa, <b>Dr. Fernando Carbajal</b>, quien desestimó el recurso pero al mismo tiempo, <b>emplazó al Gobierno de Formosa para que en el término de tres días fije una fecha cierta y concreta en la cual permitirá el ingreso del accionante</b>, quien permanece varado a la espera de ingresar a territorio formoseño <b>desde hace semanas </b>en la localidad chaqueña de Puerto Eva Perón.</p>
<p>El juez federal no hizo lugar al habeas corpus presentado <b>en el punto específico</b> en el que los abogados firmantes declararon que había <b>una ilegalidad y arbitrariedad en la amenaza de detención</b> de su cliente. Sin embargo, estableció una <b>medida correctiva </b>que afecta directamente las decisiones del Consejo de Atención Integral a la Emergencia covid-19, ya que<b> le impone fije una fecha cierta para el ingreso a la provincia</b>, de la persona que interpuso el hábeas corpus.</p>
<p><span style="color: #ff0000;"><strong>PUBLICIDAD: Márquez y Asociados, también construye en Formosa.</strong></span></p>
<p><a href="https://www.marquezasoc.com/" target="_blank" rel="noopener noreferrer"><img loading="lazy" decoding="async" class="aligncenter wp-image-112924 size-full" src="https://www.noticiasformosa.com.ar/wp-content/uploads/2020/07/RRSS-Tu-casa-el-mejor-lugar_1080x1080-1.png" alt="" width="1080" height="1080" srcset="https://www.noticiasformosa.com.ar/wp-content/uploads/2020/07/RRSS-Tu-casa-el-mejor-lugar_1080x1080-1.png 1080w, https://www.noticiasformosa.com.ar/wp-content/uploads/2020/07/RRSS-Tu-casa-el-mejor-lugar_1080x1080-1-300x300.png 300w, https://www.noticiasformosa.com.ar/wp-content/uploads/2020/07/RRSS-Tu-casa-el-mejor-lugar_1080x1080-1-100x100.png 100w, https://www.noticiasformosa.com.ar/wp-content/uploads/2020/07/RRSS-Tu-casa-el-mejor-lugar_1080x1080-1-600x600.png 600w, https://www.noticiasformosa.com.ar/wp-content/uploads/2020/07/RRSS-Tu-casa-el-mejor-lugar_1080x1080-1-1024x1024.png 1024w, https://www.noticiasformosa.com.ar/wp-content/uploads/2020/07/RRSS-Tu-casa-el-mejor-lugar_1080x1080-1-150x150.png 150w, https://www.noticiasformosa.com.ar/wp-content/uploads/2020/07/RRSS-Tu-casa-el-mejor-lugar_1080x1080-1-768x768.png 768w" sizes="(max-width: 1080px) 100vw, 1080px" /></a></p>
<p>La resolución firmada hoy, dispone además que las autoridades del Consejo covid deberán “hacer público los <b>criterios generales para otorgar los ingresos </b>al territorio de la Provincia de las personas que así lo han solicitado, con el cargo de notificar al accionante, la <b>fecha en la cual podrá hacerlo</b>, en los términos y límites establecidos en los considerandos” sostuvo el juez.</p>
<p><b>QUÉ MÁS DICE LA RESOLUCIÓN</b></p>
<p>En la resolución, el juez federal Carbajal dejó aclarado que el ingreso de la persona que interpuso la medida judicial, “siempre <b>estará sujeto a que no se modifiquen las condiciones epidemiológicas</b> existentes al momento de la decisión”.</p>
<blockquote><p><span style="color: #ff0000;"><strong>Coincidentemente, en la fecha en que se conoce este fallo, surge un caso positivo de coronavirus que nuevamente <i>modifica la situación sanitaria provincial</i>.</strong></span></p></blockquote>
<p>Hoy el Consejo covid anunció la <b>detección de un caso positivo más</b> de coronavirus, que fue advertido en un personal de ayudante de cocina que trabajó en el <b>centro Juan Pablo II</b>, y que a un día de completar los 14 días de aislamiento obligatorio, surgió como caso confirmado, oficialmente, llevando la cantidad de casos a 78, con 63 recuperados a la fecha.</p>
<p>En otro de los tramos del resolutorio judicial, Carbajal señaló sobre la decisión que “Todo ello, debe entenderse, <b>en el marco dinámico que tiene la administración de la pandemia</b> y el cual las decisiones adoptadas <b>pueden modificarse por razones sanitarias”, </b>afirmó.</p>
<p><strong>TAMBIÉN LEA</strong></p>
<blockquote class="wp-embedded-content" data-secret="OZCZo4Xhy5"><p><a href="https://www.noticiasformosa.com.ar/2020/04/26/el-juez-federal-carbajal-ordeno-acondicionar-la-escuela-de-cadetes/">El juez federal Carbajal ordenó acondicionar la Escuela de Cadetes</a></p></blockquote>
<p><iframe class="wp-embedded-content" sandbox="allow-scripts" security="restricted"  title="«El juez federal Carbajal ordenó acondicionar la Escuela de Cadetes» — NoticiasFormosa" src="https://www.noticiasformosa.com.ar/2020/04/26/el-juez-federal-carbajal-ordeno-acondicionar-la-escuela-de-cadetes/embed/#?secret=sswDscQnBN#?secret=OZCZo4Xhy5" data-secret="OZCZo4Xhy5" width="500" height="282" frameborder="0" marginwidth="0" marginheight="0" scrolling="no"></iframe></p>
<p>La entrada <a href="https://www.noticiasformosa.com.ar/2020/07/09/juez-carbajal-ordeno-al-consejo-covid-que-fije-fecha-para-ingreso-de-un-varado/">Juez Carbajal ordenó al Consejo Covid que fije fecha para ingreso de un varado</a> aparece primero en <a href="https://www.noticiasformosa.com.ar">NoticiasFormosa</a>.</p>
]]></content:encoded>
					
		
		
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