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El cronograma de pago de sueldos, que esta vez incluirá al aguinaldo, se empezará a pagar a los agentes estatales el 30 de junio próximo. Primero serán los pasivos, y a partir del 4 de julio, cobrarán los activos. El ministro de Economía Jorge Ibáñez dio el cronograma este mediodía.
CRONOGRAMA
“Queremos anunciar el cronograma de pago de sueldos y aguinaldo para agentes pasivos y activos de nuestra provincia y recordar simplemente que este es un esfuerzo muy pero muy grande del Tesoro provincial en este momento porque si nosotros tenemos en cuenta la suba nominal interactual, es decir si comparamos el mes de mayo con el mes de junio de este año, en los primeros 15 días la suba es de solamente el 11,8 por ciento, si estimamos una inflación de los primeros 15 días del mes aproximadamente del 42 por ciento, estamos en una pérdida, una contracción en términos reales del 21,5%. Es decir, la inflación no se detiene y sí la recaudación fiscal, si bien en junio comenzó a tener una pequeña suba, no alcanza a compensar ni a las provincias, al Estado nacional, ni a las provincias ni a los municipios la tremenda caída que tenemos de la recaudación fiscal” dijo el ministro de Economía Jorge Ibáñez.
“Nosotros comenzamos a pagar y comenzamos a informar que en Formosa se paga el sueldo y el aguinaldo en forma conjunta, no en cuotas, y también que se está pagando ustedes recuerdan, con un 15% de aumento que se otorgó a los agentes estatales, activos y pasivos, en el mes de marzo” dijo.
“El 30 de junio, los DNI terminados en 0, 1 y 2, de agentes pasivos, y así sucesivamente. El 1 de julio, 3, 4 y 5. El 2 de julio 6 y 7; concluimos abonando a los agentes pasivos el 3 de julio los DNI terminados en 8 y en 9”.
“Los agentes activos comienzan a percibir el sueldo y el aguinaldo el 4 de julio, los DNI terminados en 0, 1 y 2; el 5 de julio, 3, 4 y 5; el 6 de julio los terminados en 6 y 7 y el 7 de julio los DNI terminados en 8 y 9 y finalizaríamos el cronograma de pago de sueldos para agentes activos y pasivos de la administración provincial”.
ANUNCIOS DEL CENTRAL
“Esta es una medida por un decreto, el 544, que extendió hasta el 31 de diciembre la suspensión del cierre de las cuentas bancarias a modo de sanción para aquellas personas que hayan librado cheques sin fondos. Esto es indudablemente en el marco de la cuarentena por coronavirus. Y estas medidas del Banco Central son importantes señalárselas rápidamente porque comúnmente es un organismo cuyas disposiciones y medidas no son conocidas” agregó Ibáñez.
“Prorrogó también hasta el 30 de septiembre la suspensión del cobro de cargos y comisiones para todas las operaciones que se realicen con los cajeros automáticos de cualquiera de las empresas que tienen redes en todo el país”.
“Las entidades financieras no pueden realizar ningún tipo de descuento ni débitos automáticos en el Ingreso Familiar de Emergencia conocido como IFE y tampoco en el monto de quienes hayan cobrado el salario complementario, el ATP, por ser sumas de carácter alimentario”.
“Recordemos que en el caso de los créditos a tasa cero que son aquellos que se acreditan directamente en una tarjeta de crédito, para no sufrir un débito automático deben solicitarlo a la entidad bancaria que le otorgó la tarjeta” aclaró.
“Otra medida del Central es la siguiente, las entidades financieras no pueden cargar intereses punitorios sobre los montos no pagados por créditos concedidos por esa entidad. Las cuotas impagas deberán incorporarse en los meses siguientes al final del crédito, ejemplo un crédito que había sido otorgado por esa entidad financiera a 12 meses, la cuota impaga mientras dure esta medida del Banco Central pasa a ser la número 13. Los usuarios cuentan con el derecho de revertir los débitos directos y los débitos automáticos dentro de los 30 días corridos contados desde la fecha del débito y la obligación de las entidades es de devolver estos fondos dentro de los tres días hábiles de la solicitud” finalizó.
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