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Firmas privadas piden que se las incluya en las excepciones vigentes para poder reiniciar la actividad productiva bajo las recomendaciones sanitarias propias para la tarea diaria. Este es el caso de la empresa Andrés Medina Mármoles SRL, que tiene su fábrica en la calle Fotheringham al 523 de Formosa, que le solicitó al Ministro de Economía, Hacienda y Finanzas de la Provincia de Formosa Jorge Oscar Ibáñez, que incluya al rubro “marmolerías y afines” dentro de las excepciones operativas en la provincia.
A través de una nota dirigida al ministro, uno de los socios gerentes, Rodrigo Medina, le pidió a Ibáñez “tenga a bien incluir el rubro marmolerías y afines dentro de las actividades enumeradas como exceptuadas del aislamiento social, preventivo y obligatorio, conforme al Decreto 297/20, Decisiones Administrativas 429/20; 450/20; 490/20 y 524/20”.
EXCEPCIONES VIGENTES
Los decretos a que se refiere Medina, encuadran las siguientes situaciones:
- Personal afectado a la obra pública. (D. 297/20).
- Industrias que realicen procesos continuos cuya interrupción implique daños estructurales en las líneas de producción y/o maquinarias podrán solicitar autorización a la Secretaría de Industria, Economía del Conocimiento y Gestión Comercial Externa, para no discontinuar su producción, reduciendo al mínimo su actividad y dotación de personal. (D.A. 429/20).
- Venta de insumos y materiales de la construcción provistos por corralones. (D.A. 450/20).
- Obra privada de construcción que involucre el trabajo de hasta 10 obreros (D.A. 490/20).
- Venta de mercadería ya elaborada de comercios minoristas, a través de plataformas de comercio electrónico, venta telefónica y otros mecanismos que no requieran contacto personal con clientes y únicamente mediante la modalidad de entrega a domicilio con los debidos resguardos sanitarios, protocolos y planificación de la logística (D.A. 524/209).
FUNDAMENTOS
“La presente solicitud se fundamenta en la necesidad de reactivar este rubro y realizar la distribución de nuestros productos, los cuales son necesarios para la concreción de obras públicas (escuelas, hospitales, dependencias de la provincia) y obras privadas (casas particulares)” se apuntó.
“Por otro lado, debo señalar que, el granito natural es una piedra de construcción, por ende, un tipo de “material de construcción”, no requiere demasiada intervención de mano de obra y su logística de entrega es específica y no implica el contacto con los clientes” explicó Medina.
“Nuestra fábrica cuenta con cinco empleados -mitad de lo requerido y determinado para la construcción de obra privada (10 obreros)- y las ventas pueden ser realizadas a través de las distintas plataformas electrónicas con las recomendaciones sanitarias emanadas del Consejo de Atención Integral de la Emergencia COVID- 19 en consonancia con las de la OMS” dijo.
“Necesitamos que, de modo explícito, se determine la inclusión del rubro para presentarlo ante el Sindicato de la Federación de Obreros Mosaistas y Afines de la República Argentina (F.O.M.A.R.A.), el cual reside en la Capital Federal, toda vez que dispuso a todas las filiales “…la abstención de concurrir a los lugares de trabajo…”, en el entendimiento que la producción de mosaico y/o mármol “…no se encuentra comprendida en ninguna de las excepciones indicadas en los decretos…”. Siendo esta disposición totalmente ajena a la situación particular de cada región, afectando los procesos productivos y el desarrollo económico-social de cada una de ellas. Debiéndose resaltar que, la Provincia de Formosa continúa con cero casos de Coronavirus”.
Asimismo, el Poder Ejecutivo Nacional, “ha dispuesto en su último D.N.U. la facultad de delegar el poder y la toma de decisiones para enfrentar al COVID-19 a las Provincias de acuerdo con la realidad sanitaria de cada una de ellas, siendo la situación actual de la Provincia de Formosa totalmente opuesta a la de C.A.B.A. e incluso de provincias vecinas. Por lo cual y, subrayando que, la Provincia de Formosa se halla hasta el momento sin casos confirmados de COVID-19 según protocolo sanitario nacional (esfuerzo no menor), elevo la presente petición a su consideración” finalizó.
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