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Fallo histórico en Corrientes: la DPEC deberá indemnizar a una mujer por sobretensión

24 abril, 2026
Fallo histórico en Corrientes: la DPEC deberá indemnizar a una mujer por sobretensión

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El Superior Tribunal de Justicia de Corrientes (STJ) dictó una sentencia ejemplar que pone el foco en la dignidad de los adultos mayores frente a la burocracia de las empresas de servicios. A través de la Sentencia N° 16/2026, el máximo tribunal ratificó que la Dirección Provincial de Energía de Corrientes (DPEC) debe resarcir los daños sufridos por «Catalina», una vecina de Goya, de 93 años, cuya vivienda fue afectada por una letal sobretensión eléctrica.

El hecho ocurrió el 30 de mayo de 2023 en un domicilio de la calle Tucumán. Según quedó probado en el expediente, la tensión eléctrica saltó de los 220V habituales a unos 496V, provocando una explosión que destruyó de forma irreversible cinco electrodomésticos esenciales. Para Catalina, quien se encontraba postrada y con movilidad reducida, estos aparatos eran vitales para su subsistencia diaria.

Fallo contra la «indiferencia corporativa»

A pesar de que la mujer realizó el reclamo formal de inmediato, la prestataria respondió con negativas y rigorismos técnicos, sugiriendo incluso que el problema era de la instalación interna de la casa. Sin embargo, los jueces fueron contundentes al desestimar estos argumentos:

Prueba técnica: un acta notarial certificó que la tensión en el hogar era casi un 120% superior a lo normal al momento del incidente.

Violación al trato digno: el tribunal consideró una falta grave obligar a una persona de casi un siglo de vida a transitar un extenso proceso judicial por un error que figuraba en el propio sistema de la empresa.

Daño punitivo: Se ratificó una multa destinada a castigar la conducta «desaprensiva» de la distribuidora y prevenir que se repitan estos atropellos contra usuarios indefensos.

Un derecho que trasciende el fallecimiento

Catalina falleció antes de conocer la sentencia final del STJ. No obstante, los ministros Luis Eduardo Rey Vázquez, Alejandro Chaín, Fernando Niz, Eduardo Panseri y Guillermo Semhan determinaron que el daño debe ser reparado de igual modo.

Por ello, se reconoció la legitimación de su hijo para percibir la indemnización y la multa correspondiente, sentando un precedente sobre la continuidad del derecho al resarcimiento.

La mirada crítica de Panseri

Un punto destacado del fallo fue el voto de Eduardo Panseri, quien, si bien coincidió con la condena a la DPEC, planteó una fuerte observación sobre el funcionamiento interno de la Justicia. Cuestionó la práctica de las Cámaras de Apelaciones de dictar sentencias con solo dos de sus tres miembros y criticó la «adhesión automática» de los jueces sin fundamentos propios.

Para el magistrado, cada juez debe exponer sus razones para garantizar la transparencia y evitar «mayorías direccionadas», proponiendo que toda ausencia de un magistrado deba ser certificada obligatoriamente por el Secretario del tribunal.

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