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El Gobierno Nacional implementó reducción de impuestos para la valuación de hacienda de invernada

La sanción de la Ley 27.802/2026 efectivizó la posibilidad de hacer un cambio en la valuación de la hacienda de invernada en especial de las categorías de vaquillonas y novillos. La medida alivia la carga impositiva de una producción de largo plazo y tan competitiva como es la ganadería.

19 mayo, 2026
El Gobierno Nacional implementó reducción de impuestos para la valuación de hacienda de invernada

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La Secretaría de Agricultura, Ganadería y Pesca del Ministerio de Economía destacó que las modificaciones en la valuación de hacienda de invernada para los establecimientos de invernada y/o engorde a corral incluidas en el marco de la ley 27.802/2026 de Modernización Laboral que sancionó el Gobierno Nacional, generan un impacto positivo en la rentabilidad de los productores ganaderos dedicados al engorde.

En la aplicación del artículo n° 193 de la mencionada ley, los productores pueden definir valuar su stock de invernada utilizando el costo estimativo por revaluación anual. Para el cálculo de la valuación de las vaquillonas y de los novillos, el productor podrá usar los índices de relación contenidos en las tablas anexas a la ley 23.079. Esto es: para todas las vaquillonas, el correspondiente a vaquillona de uno a dos años y para todos los novillos, el de novillo de uno a dos años, de acuerdo con la categoría de que se trate.

Este cambio en la modalidad de valuación reduce la carga tributaria por la mera tenencia, esto es mientras se engorda el animal, disminuyendo la valuación con respecto a los valores de plaza, generando un diferimiento del gravamen al momento de la venta efectiva del animal gordo.

Estas medidas diseñadas desde el Gobierno Nacional para incentivar sectores productivos estratégicos, sumado a la estabilidad macroeconómica, previsibilidad y reglas claras contribuyen potenciar la cadena de la carne bovina argentina. Dado que además, permitir que la carga tributaria se corresponda con el período de la real venta del producto, resulta una limitante menos para que los productores puedan plantear producir animales más pesados independientemente del cierre de sus balances contables.

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