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«Dispónese la apertura total de todos los Puestos de Control Migratorio, conforme al Plan de Levantamiento Gradual del Aislamiento Preventivo General en el Territorio Nacional por la Pandemia del Coronavirus (COVID- I 9)» reza la parte resolutiva de la norma rubricada en el vecino país.
Art. 2°.- Derógase el Decreto N.° 4026/2020 «Por el cual se dispone la apertura parcial y temporal de puestos de control migratorio y se deroga el Decreto N.° 3458/2020 y su decreto modficatorio».
VEA EL DECRETO