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Tirón de orejas del STJ a jueces por dilatar un juicio oral por mala praxis

El Superior Tribunal de Justicia de la provincia reprochó el desenvolvimiento que tuvieron los jueces de las dos Cámaras Penales de Formosa al declararse incompetentes y dilatar la realización del juicio oral y público por el recordado caso de presunta mala praxis que tuvo como víctima a la odontóloga Noemí Yolanda Corbalán e imputada a la cirujana plástica Georgia Martínez y al anestesista Román Civilotti, ambos procesados por homicidio culposo. 

11 abril, 2021
Caso Corbalán: falta de mérito para la instrumentista, procesan al anestesista

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El conflicto sobre cuál será la Cámara Penal que deberá realizar el juicio oral llegó a la máxima instancia judicial a través de un planteo de incompetencia presentado por la defensora Oficial de Cámara Claudia Angeloni, solicitándose al STJ que dirima la controversia.

La Corte Provincial analizó la cuestión y dispuso que la Cámara Segunda en lo Criminal reasuma la jurisdicción en el expediente y realice el juicio oral y público, interviniendo en todas las cuestiones que se susciten en su desarrollo y dictado de la sentencia de mérito.

Precisamente este Tribunal se había declarado incompetente para seguir adelante con el trámite del expediente, mientras que la otra Cámara, -la Primera- rechazó esta decisión y el caso quedó sin jueces que asuman la jurisdicción. 

Elevado el conflicto al STJ, los ministros de la Corte Provincial examinaron la controversia y advirtieron que el fiscal de Cámara Nº 1 ya había citado a las partes a juicio dándoles a conocer la constitución del Tribunal, el cual a la fecha está firme. Luego las partes asistieron al proceso y ofrecieron pruebas, las que fueron admitidas por el Tribunal, que además resolvió en ese momento rechazar el beneficio de suspensión del juicio a prueba que pidieron los defensores de los imputados, fijándose fecha de debate.

En cuanto a los argumentos que formularon las dos Cámaras intervinientes, el STJ calificó como un “despropósito” que a estas alturas del proceso se modifique la intervención del Tribunal que estaba actuando “en aras de una interpretación que en lugar de asegurar el debido proceso conspira contra él, privando a las partes y a la sociedad de un juicio acorde a los tiempos razonables para lograr justicia”.

Fascimil de la resolución judicial.

En la resolución firmada por los cinco ministros, con dictamen del Procurador General, el STJ consideró que el despropósito es mayúsculo al advertir los tiempos insumidos en las actuaciones, ya que entre el pedido de la Defensora Oficial Claudia Angeloni y la resolución de la Cámara Segunda respecto a la competencia, “pasaron cuatro meses y entre esta decisión y el pase a la Cámara Primera otros siete meses, es decir más de un año para resolver algo que, en puridad, es un problema de distribución de funciones antes que un conflicto de competencia propiamente”.

En función de estos fundamentos, el STJ decidió que la Cámara Segunda en lo Criminal reasuma la jurisdicción en este expediente, interviniendo en la realización de la audiencia de debate y en todas las cuestiones que se susciten en su desarrollo y el dictado de la sentencia.

 

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