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La ley provincial N° 1.160 del año 1995 es la que regula todos los pasos legales y procesales ante un hecho de violencia de género. Allí, el cuerpo legal fija la intervención de diversas áreas del Poder Judicial y determina los pasos que debe seguir un juez penal al tomar conocimiento de un hecho de estas características.
Además de la cuestión de género, la ley también abarca cuestiones de violencia intrafamiliar y contra menores de edad, en un contexto familiar por matrimonio o convivencia (uniones de hecho).
La Secretaría de la Mujer del Gobierno de Formosa, por su parte, cuenta con un programa llamado Prevención y Atención de la Violencia basada en Género, que tiene como objetivo constituirse en un servicio multidisciplinario que contempla: orientación en la temática, derivación a centros y/o profesionales especializados, asesoramiento legal, seguimiento de casos y atención psicológica.
Además, el Poder Judicial posee un link en el cual las víctimas o personas que conozcan situaciones de violencia de género, puedan denunciarlo. El trámite es sencillo y al alcance de cualquier persona.
Aquí el texto de la ley que rige en Formosa desde hace 25 años:
documento_ley 1160
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