Casación dijo que la Justicia Federal sí tiene competencia en hábeas corpus de Naidenoff

Con voto mayoritario, el tribunal remitió la denuncia del senador Luis Naidenoff a la justicia federal de la provincia.

Con un voto mayoritario, la Cámara Federal de Casación Penal decidió este miércoles que el habeas corpus que presentó el senador Luis Naidenoff contra el gobierno de Gildo Insfrán se tramite en la justicia federal formoseña.

La discusión había surgido después de que se decidiera que este planteo sea remitido a la justicia provincial. El voto de los camaristas le dio la razón a Naidenoff respecto a la jurisdicción que debe atender la denuncia por las condiciones de los centros de aislamiento vigentes en todo el distrito, y las políticas aplicadas en materia sanitaria.

La decisión del máximo tribunal penal no tuvo en cuenta el planteo del fiscal ante la Casación, Raúl Pleé, quien previo a la audiencia había dictaminado que era la Justicia provincial de Formosa la que debía intervenir, «con la máxima urgencia que la cuestión requiere», respecto al habeas corpus presentado por el Senador radical.

El dictamen, que no es vinculante, no fue considerado por los jueces Mariano Borinsky y Juan Carlos Gemignani, quienes resolvieron que debe ser la justicia federal formoseña la que debe intervenir en el planteo de Naidenoff quien denunció por violación a los Derechos Humanos al gobernador que administra la provincia hace 26 años. En tanto, el magistrado Daniel Petrone votó en disidencia.

Senador de Formosa Luis Naidenoff

La presentación sostenía que la medida de aislamiento sanitaria implementada por el gobierno de Insfrán viola los derechos humanos, especificaba en ese marco la vocación al derecho a la salud como también al medio ambiente, ya que entendiendo que esos lugares tienen condiciones insalubres y una infraestructura inadecuada para el tratamiento del covid, la medida sólo resulta en que los casos se propaguen aún más.

Petcoff Naidenoff denunció que en tales lugares de aislamiento «no se respetan mínimamente las condiciones de higiene y salubridad ni las recomendaciones del Ministerio de Salud de la Nación, y que tampoco se asegura el distanciamiento entre las personas alojadas (incluso menores de edad)».

A ello agregó que, en condiciones de hacinamiento, sin ventilación ni refrigeración suficiente, con divisiones precarias y compartiendo el mismo baño, conviven personas con diagnóstico positivo de Covid-19 -con o sin síntomas-, casos sospechosos sin diagnóstico definitivo, personas que han tenido contacto estrecho con algún contagiado y personas que han ingresado a la provincia de Formosa y deben cumplir aislamiento -incluso con PCR negativo.

Después de que la justicia federal de Formosa había planteado que esa denuncia debía remitirse a la Jurisdicción de la provincia, por tratarse de políticas dictaminadas por una autoridad provincial en ese mismo ámbito, el referente opositor apeló y acudió a la Cámara de Casación.

En su voto, los jueces Gemignani y Borinsky señalaron que frente a la «invocada afectación de derechos de carácter constitucional y convencional, la decisión de la jueza federal de primera instancia de la provincia de Formosa por medio de la cual denegó sin más la competencia de este fuero de excepción carece de la debida fundamentación«, indica la resolución.

Asimismo, los camaristas indicaron las medidas de aislamiento que el senador Naidenoff cuestiona «se enmarcan dentro del contexto de pandemia generada por el virus Covid-19 de alcance nacional y mundial». Además remarca la Cámara que «en este contexto de excepción, las medidas dictadas por la autoridad provincial, contrariamente a lo sostenido en las instancias anteriores, responden a disposiciones de orden nacional dictadas en el marco de la política pública sanitaria dispuesta durante la pandemia por el Poder Ejecutivo Nacional. En consecuencia, la declaración de incompetencia del fuero federal traída a estudio de esta Cámara no resulta suficientemente fundada».

Por ello, concluyeron que «debe tenerse en consideración la naturaleza federal del delito» denunciado y por ello, será la justicia federal formoseña la que deberá atender el habeas corpus que denuncia a Insfrán.

Simultáneamente, este miércoles desde la Procuraduría de Violencia Institucional, Diego Iglesias solicitó la provincia un exhaustivo detalle sobre los centros sanitarios o centros de aislamiento. La Procuvin pidió que se especifica cuántos lugares hay asignados para tales fines, qué dimensiones tienen, qué capacidad de alojamiento poseer y el cupo en cada uno.

En relación a este punto, también la provincia deberá especificar cuál es el criterio de alojamiento y bajo qué parámetros se estableció, cuál es la planificación de provisión de alimentos, las medidas de higiene y sanitarias, qué dotación de personal médico, de salud y seguridad se encuentran allí.

El caso contra los centros de aislamiento, más de cien dispuestos en toda la provincia, puso en el centro del debate la administración de Insfrán, quien sin embargo fue defendido por el presidente Alberto Fernández y por el Partido Justicialista, que adjudicaron las denuncias a una mera persecución política.

La semana pasada dos legisladores de la UCR y dos ONG acudieron a la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) para que intervenga con una medida cautelar y detenga las internaciones compulsivas en Formosa.

Este martes, a su vez, legisladores de la Coalición Cívica le pidieron al Procurador General de la Nación, Eduardo Casal, y a la Defensora General de la Nación, Stella Maris Martínez, su intervención en la provincia que gobierna Gildo Insfrán. (Clarín)

Aquí el texto de la resolución de la Cámara de Casación:

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