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Tribunales

Morán ordenó se extremen recaudos para garantizar bienestar emocional de un menor

Se fue el juez federal subrogante Fernando Carbajal, pero ahora surge, desde otro magistrado federal, la orden al Gobierno provincial de utilizar material de hisopado pediátrico y evitar la disgregación de los grupos familiares.

12 diciembre, 2020
Morán ordenó se extremen recaudos para garantizar bienestar emocional de un menor

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Si bien el juez Federal N° 1 de Formosa, Dr. Pablo Morán, declaró la incompetencia de dicho juzgado en el Habeas Corpus presentado en favor de la señora Zulma Vázquez, su pequeño hijo y su esposo, en el apartado cuarto resolvió disponer medidas sobre la situación del menor de edad, conforme a las constancias agregadas a la audiencia y con la meta de dar una inmediata solución a la situación psicoemocional del niño.

La iniciativa surgió principalmente porque la familia de tres, padre, madre e hijo, fueron separados al ser alojados en centros preventivos, lo que importó una acción lesiva de derechos del niño, que pese a que el recurso de hábeas corpus fue rechazado, de todos modos la Justicia Federal no podía evadir la responsabilidad de definir cuestiones urgentes que mejoren las condiciones en que se encuentra el niño.

En su fallo, Morán dispuso «ordenar al Gobierno de la Provincia de Formosa que en forma inmediata, a través de los órganos sanitarios correspondientes, se extremen los recaudos para garantizar el bienestar psicofísico y emocional del menor, brindándole una dieta adecuada a su estado evolutivo, bidones de agua potable en su habitación, un ámbito de esparcimiento que le permita acceder al aire libre sin exponerlo al contacto con terceros y el tratamiento correspondiente a su edad, debiendo necesariamente ser estrictamente necesarias para su diagnóstico y aislamiento”.

“De igual manera se deberá -en la medida de lo posible- evitar la disgregación del grupo familiar (padre, madre e hijo) que producto de estas circunstancias fueron separados” indicó Morán.

La madre y el niño no podrán ser alejados de esta ciudad de Formosa donde “cuentan con la asistencia del resto de su entorno familiar para acercarle insumos y ropa”.

En uno de los puntos de su fallo, Morán dispuso que “se insta al Gobierno Provincial para que, en la medida que los protocolos sanitarios y los recursos disponibles lo permitan, se evite separar a los grupos familiares y se utilice material de diagnóstico pediátrico adecuado, brindándole siempre a los niños, niñas y adolescentes el tratamiento especial al que nuestra Nación Argentina se ha comprometido mediante tratados internacionales de Derechos Humanos».

De esta manera quedó expuesto que los materiales utilizados en menores no eran (al menos usualmente) de uso pediátrico y que la alimentación y el cuidado psicofísico de los niños no están siendo correctamente atendidos en los Centros de Aislamiento Preventivo, donde además los menores se ven privados de las áreas de esparcimiento que contribuyen a su normal desarrollo y bienestar.

Este es el texto del fallo del juez Morán: 

ZULMA VAZQUEZ

 

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