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La Dirección General de Rentas de Formosa estableció un régimen de pago a cuenta del Impuesto sobre los Ingresos Brutos respecto de los productos y/o mercaderías que ingresen a la Provincia, por cualquier medio, y respondan a operaciones efectuadas a título de compraventa, permuta o dación en pago, remitidos por contribuyentes no inscriptos en el Impuesto Sobre los Ingresos Brutos ante el Fisco de la Provincia de Formosa.
Los agentes de recaudación son los funcionarios de los puestos de control camineros habilitados por la Dirección General de Rentas en los accesos a la Provincia y la suma a ingresar será la resultante de aplicar la alícuota del 3% sobre la base imponible, determinada en función del valor de la mercadería o producto transportado consignado en la factura o documento equivalente.
Los sujetos pasibles podrán imputar el pago a cuenta ingresado, en las Declaraciones Juradas mensuales del Impuesto Sobre los Ingresos Brutos que presenten luego de registrar la correspondiente inscripción en el impuesto ante el Fisco Provincial.
Las normativas que fijaron el nuevo régimen, Resolución N° 47/2020 y la Resolución N° 52/2020, sumado a complicaciones relativas a las previsiones sanitarias que deben cumplir los transportes y sus choferes al ingreso a la provincia, fueron el origen de un conflicto en el que empresas transportistas de cargas suspendieron las operaciones de traslado de mercaderías a la provincia, que se anunció recientemente y que advertía sobre un inminente desabastecimiento.
Lea aquí las resoluciones de la DGR sobre la temática:
resol_gral_47-2020resol_gral_52-2020
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