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Cómo es el nuevo protocolo de presentaciones electrónicas

28 abril, 2020
Cómo es el nuevo protocolo de presentaciones electrónicas

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El nuevo protocolo para presentaciones ante dependencias jurisdiccionales tiene seis puntos, y fue creado en el Acuerdo 3050 del Superior Tribunal de Justicia, este 28 de abril. Fue un pedido de los abogados y el STJ dispuso directivas para facilitar el trabajo de los letrados.

El punto primero, habla de la finalidad, al decir que será para “establecer el procedimiento para realizar presentaciones durante la vigencia del aislamiento social, preventivo y obligatorio, dispuesto a raíz de la pandemia por el Covid-19, teniendo en cuenta la ausencia de previsión procesal y de reglamentación referida a las presentaciones electrónicas y firma digital para las actuaciones radicadas ante las dependencias jurisdiccionales de la Provincia de Formosa.

En el punto segundo, se aborda la cuestión de las solicitudes de libramientos de fondos. A los fines de proveer las solicitudes de libramiento de órdenes de pago, bajo la modalidad establecida por la Resolución N° 89/2020 STJ, efectuadas electrónicamente, se requiere que los interesados remitan mail a la cuenta institucional correspondiente a la dependencia ante la cual tramite el expediente interesado, desde el correo declarado, con los requisitos de un escrito judicial (art. 92, RIAJ), acompañando constancia bancaria actualizada digitalizada obtenida por los canales habilitados por la entidad bancaria (correo: informes.judiciales@bancoformosa.com.ar o turno virtual), peticionando habilitación del receso extraordinario con régimen de feria, denunciando con carácter de declaración jurada y bajo responsabilidad profesional: correo electrónico, número de teléfono, cuenta particular a la que deberán transferirse los fondos, con indicación de su número de CBU, titular, número de CUIT, alias de la cuenta e institución bancaria a la que pertenece.

El punto tercero aborda cómo será el oficio de transferencia de fondos. En caso que corresponda hacer lugar al libramiento de fondos, el oficio respectivo será confeccionado por Secretaría con los datos que bajo juramento se hayan declarado en las presentaciones realizadas, suscripto por el magistrado, escaneado y remitido en formato pdf al correo electrónico informado por el Banco de Formosa S.A., oficios.judiciales@bancoformosa.com.ar, para su diligenciamiento de manera remota, desde la cuenta institucional de la Secretaría del Juzgado o Tribunal actuante, a los fines de minimizar la circulación de los profesionales.

Más adelante el punto cuarto habla de otras solicitudes. En cumplimiento del aislamiento social, preventivo y obligatorio dispuesto por las autoridades nacionales y provinciales en resguardo de la salud de la población, toda otra presentación que no refiera al libramiento de fondos bajo el procedimiento establecido precedentemente, sólo será autorizada con habilitación en los casos en que existiere temor fundado de que la tutela judicial resulte impostergable.

El punto quinto, aborda las demandas. Respecto de las demandas que se inicien ante los fueros civil y comercial, laboral y de familia, las respectivas presentaciones digitales deberán coordinarse conforme lo dispuesto en el punto sexto.

El sexto y último punto habla de la coordinación para presentaciones y entregas. Previo a cualquier presentación, los letrados deberán comunicarse telefónicamente con el funcionario de la dependencia jurisdiccional en turno o ante la cual tramita la causa, a los teléfonos habilitados, a fin de coordinar la forma y tiempo en que habrá de concretarse la presentación, teniendo en cuenta la modalidad de guardia pasiva y que las oficinas permanecen cerradas para la atención al público.

El nuevo protocolo fue compartido en las redes sociales por la Comisión de Jóvenes Abogados de Formosa.

https://www.facebook.com/100012390130613/posts/946028949153434/?d=n

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