LECTURAS RELACIONADAS
Fuente: diario El Comercial
Laura Karina Paz, Jueza de Instrucción y Correccional N°5, en octubre del 2018 declaró en rebeldía a Jorge Daniel Fernández, acusado de abuso sexual por lo que solicitó a la Policía de la provincia de Formosa su detención.
El protocolo además involucraba a toda las policías de la República Argentina por los convenios celebrados a efectos de que se pudiera dar cumplimiento a la orden en cualquier lugar del país.
Fernández fue identificado en los controles de la cancha de Vélez, donde el local enfrentaba a Lanús el día sábado pasado y automáticamente demorado por la policía de la Ciudad de Buenos Aires.
El detenido fue liberado en el lugar e informado que debía presentarse, dentro de los próximos 10 días, en el tribunal que solicitó su captura.
Lo incoherente de la cuestión es que una vez notificada la jueza Paz de la detención del sospechoso de abuso sexual, al cual había declarado en rebeldía y ordenado su detención, de manera exprés fue la misma Paz la que en sentido contrario, ordenó su inmediata liberación en cuestión de horas y durante el fin de semana.
LA EXPLICACIÓN DE LA JUEZA
La orden de arresto que ordenó era al solo efecto de comunicarle que debía presentarse ante el Juzgado a notificarse de una resolución.
La jueza de Instrucción y Correccional N.º 5, Laura Karina Paz explicó que la orden de detención librada para Jorge Daniel Fernández tenía como finalidad informarle que debía presentarse a notificarse de una resolución recaída en la causa que se tramita en dicha Magistratura.
Aclaró que el imputado está en libertad porque el delito del cual está acusado lo permite, y añadió que seguirá en esta misma condición, ya que la resolución de la que tiene que notificarse es un procesamiento sin prisión preventiva, lo que significa que no quedará detenido una vez que se presente en el Juzgado.
A través de un comunicado, la doctora Paz indicó que Fernández fijó domicilio en el barrio Covifol de esta capital y a ese lugar fue dirigida la citación para que concurra a notificarse de la resolución de procesamiento dictada en la causa.
Al no concurrir se ordenó su individualización y detención, pero al solo efecto de que le comunicaran que debía constituir un domicilio a los efectos legales y que tenía que presentarse ante su Juzgado dentro de los diez días hábiles para regularizar su situación y notificarse fa medida cautelar recaída. Una vez concluido el trámite Fernández se retirará del Juzgado y seguirá en libertad.
“Esto es lo que se hizo, no era necesario mantenerlo privado de libertad porque el procesamiento es sin prisión preventiva, entonces dejarlo detenido y traerlo hasta acá simplemente para que se notifique de una resolución que no iba a modificar su estado no tenía mucho sentido”, remarcó la jueza Paz, quien señaló que el procesado eventualmente será notificado de esta resolución y, oportunamente, se lo citará a un juicio.
Jorge Daniel Fernández está siendo investigado por el delito de abuso sexual sin acceso carnal y en octubre del año pasado la jueza Paz dictó la resolución de procesamiento sin prisión preventiva, de la que aún no se notificó formalmente.