Gialluca pide «sanciones económicas» para el alumno que amenazó con una masacre

Desde la Defensoría del Pueblo de Formosa, y en relación al gravísimo hecho producido por un menor de 17 años de edad que vive con su familia en el Barrio Mariano Moreno, el cual mediante las redes sociales más específicamente en su cuenta de Facebook, señaló “Hola, solo quería decirles que el día martes 26/03/19 Haré una masacre en mi colegio y lo transmitiré en vivo desde mi perfil. Los que quieran verlo manden solicitud y se los aceptaré” (textual de la amenaza); que si bien actualmente la edad de imputabilidad es el límite inferior a partir del cual los adolescentes pueden ser juzgados por la Justicia e ir presos a una cárcel; en la Argentina, según el Régimen Penal de Minoridad promulgado en 1980 durante la dictadura militar, esta edad se estableció en los 16 años, es decir, que los menores de esa edad no pueden ser juzgados.

Leonardo Gialluca

Sin embargo -señala el comunicado- los adolescentes de entre 16 y 18 años tampoco son juzgados por el mismo sistema que los adultos. Sólo son punibles (es decir, que merecen castigo) aquellos que cometan delitos con penas mayores a dos años (por ejemplo, homicidios dolosos) pero recién a los 18 pueden empezar a cumplir su pena en una cárcel. Hasta ese momento, estos menores pueden estar privados de su libertad en institutos especializados o centros cerrados. Por otro lado, están los menores de 16 años, que, en la legislación actual, éstos no tienen un régimen penal que regule su responsabilidad ante un delito. La ley posee una -grieta- ya que, si el menor de 16 años es humilde o presenta problemas de conducta, el juez puede decidir internarlo en un instituto penal el tiempo indispensable que crea necesario. Esto genera, en la práctica, que varios menores de 16 años se encuentren privados de su libertad en la Argentina sin que hayan tenido un juicio previo. El Ombudsman Provincial Dr. José Leonardo Gialluca calificó como acertadas las decisiones de la Fiscalía Federal a cargo del Dr. Luis Benítez en cuanto a que al menor en cuestión se le realicen todas las pericias psiquiátricas necesarias por lo que en principio estamos de acuerdo con su detención, pero consideramos que además se debe dar inmediata intervención no solamente al Juzgado de Menores de la Provincia, sino también a otras Áreas Competentes como la Subsecretaría de Niñez, Adolescencia y la Familia, dependiente del Ministerio de la Comunidad, quienes se encuentran plenamente capacitados para llevar adelante estudios socioambientales de la familia del menor y a partir de allí que sea la Justicia la que determine las responsabilidades de esto que para el niño “fue una broma”.

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Institucionalmente no compartimos esta explicación, “puesto que así se inician esta clase de hechos y luego se viralizan y hay quienes los copian y llevan los mismos a la práctica; y es aquí donde se debe actuar con absoluta rigurosidad por parte de todas las Áreas con Competencia en la materia”.

Así las cosas, Gialluca sostuvo que, mientras duren las pericias es correcto que el menor no concurra a la Escuela, pero luego y de acuerdo siempre al resultado de las mismas y a otros elementos que deberán evaluarse, de no encontrarse, “ninguna alteración psicofísica en el menor a lo que se le sumaran los estudios socioambientales de la familia”, el mismo debería ser reintegrado a su colegio, pues de lo contrario, una decisión diferente, haría que lo estemos expulsando de un Sistema Educativo y tampoco se está en condiciones de que el mismo reciba clases en su casa.

Lo que sí debe hacerse y sin que le tiemble la mano a nadie, es no dejar pasar este hecho, como “una simple broma” y por esto pediremos a la Autoridad Judicial que se quede con la sustanciación procesal de la investigación de este caso, “que se le apliquen al menor y a la familia sanciones económicas severas, además de tareas comunitarias a favor del Colegio Ramón Carrillo, hasta que termine sus estudios, impidiéndosele además el llevar celulares al Establecimiento Educativo citado y/o a cualquiera donde el mismo pueda continuar con sus estudios, siendo todas estas sanciones aplicables aún cuando el menor se cambie de colegio, de modo tal que no pueda de ninguna manera eludir los castigos que la Justicia le imponga a él y a sus padres”.

Desde el Organismo de la Constitución se explicó que lo que intentamos hacer con este tipo de propuestas es “desalentar que estas amenazas se repitan y para ello deben aplicarse -medidas ejemplares-, puesto que no podemos como integrantes de una Comunidad, tomar este hecho con liviandad y menos aún que los jóvenes piensen o crean que estas inconductas reñidas con la Ley, no les traerán consecuencias que tengan que pagar”.

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