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El ranking referente al nivel de cumplimiento por barrio en relación a tres tributos: Impuesto Inmobiliario, Tasa Única de Servicios y Tasa de Utilización de la vía Pública.
Se considera contribuyente cumplidor a aquel que se encontraba AL DÍA al 30/04/2018. Es decir que, si un contribuyente debe UNA SOLA CUOTA entre el 01/01/13 y el 30/04/18, no se considera CUMPLIDOR, por ende, se lo excluye de este informe.TASA UNICA DE SERVICIOS