Recusaron a la jueza del Caso Martín Castro

Según el diario Formosa Expres (ver), la jueza de Instrucción y Correccional N° 5, Laura Karina Paz, que entiende en la causa de la muerte de Martín Carmelo Castro, fue recusada por los letrados de la familia del ex empleado de la empresa Godoy fallecido en un misterioso accidente ocurrido semanas atrás en la esquina de Córdoba y Junín en una madrugada de domingo.

Así quedó la moto de Castro, el día del accidente.
Así quedó la moto de Castro, el día del accidente.

El único imputado, un joven detenido una semana después en su domicilio de la calle Napoleón Uriburu -donde también se halló el auto que protagonizó el accidente- recuperó la libertad cuando la magistrada le otorgó la excarcelación solictada por la abogada del muchacho.

Pero los abogados de la familia Castro presentaron un escrito en sede de Tribunales “con habilitación de día horas”, en razón del inminente inicio de la feria judicial después del feriado del 9 de Julio.

Los abogados Ozorio y Gómez, entienden que la recusación es “con expresión de causa” ya que Laura Paz es cuñada de la doctora Fátima Fernández Yunis “quien es pareja y concubina de su hermano y trabaja en el estudio jurídico del Padre de la magistrada en la oficina sito en calle Mitre N° 1.388, hecho que es de público y notorio conocimiento. Sin perjuicio de que Yunis ha constituido un domicilio distinto al mismo, razón por la cual, es presumible que existe entre ellas un vínculo muy íntimo”.

La parte querellante supone “que la magistrada interviniente tendría que haberse apartado de la causa por una cuestión ética y moral, ya que el vínculo existente entre la magistrada y la defensora del único imputado de la causa, coloca a esta parte en un estado de violencia moral, impidiéndole juzgar con absoluta tranquilidad y ecuanimidad. Hecho que coloca la duda sobre una garantía constitucional tan preciada como es la imparcialidad”.

FIGURA PENAL

Los letrados de la familia Castro    solicitaron “se proceda a modificar la calificación legal respecto a la figura penal que obra en el expediente de marras, y se ordene la recalificación del mismo como “HOMICIDIO       SIMPLE CON DOLO EVENTUAL”, conforme lo prevé la figura el art. 79 del Compendio normativo sustancial en la materia, en concurso ideal con el delito de “ABANDONO DE PERSONA”.

En ese sentido consideran que “está plenamente acreditado que el accionar del conductor está encuadrada en la figura del Homicidio simple con Dolo Eventual en concurso ideal con el Abandono de Persona y no dentro de la figura culposa que se mantiene hasta la actualidad, toda vez que de las características objetivas del plexo fáctico de marras se destaca la conducción de un vehículo automotor con una marcha rápida y alocada –conforme surge de una de las grabaciones obrantes en autos-, sin respetar las prioridades establecidas en las reglas del tránsito (Ley Nacional de Transito), embestir a una motocicleta, huir y dejar herido de gravedad al conductor de dicho rodado, quien luego falleciera como consecuencia de dicho siniestro.

“La víctima” señalan “no falleció al instante sino en el Hospital, razón por la cual se presume que si se lo hubiera auxiliado en el momento tal vez podría haber salvado su vida”.

Abundan en detalles elocuentes, como que el conductor del coche “desde un principio comenzó perjudicando la investigación, ya que huyó, se mantuvo oculto y trató de ocultar la pruebas.

 RECONSTRUCCIÓN DEL HECHO

En otra parte del extenso escrito reclaman la pronta realización de la reconstrucción del hecho y que se cite a declaración testimonial a varias personas que pueden aportar datos relevantes, entre ellos  una mujer de apellido Ovelar, los señores Ricardi y Torres

Además que regresen a la sede judicial a ampliar su testimonio el señor Juan José Otazú, a efectos de aportar mayores datos acerca de las ciudadanas que supuestamente” llevaron después de salir del boliche bailable Exxim y acerca del lugar donde las llevaron. Así también aporte mayores datos acerca del domicilio de los ciudadanos Franco Brunelli, Santiago Miers, Facundo Brunelli y Marcos Francilesing, a efecto de identificarlos y citarlos a testimoniar en la presente causa.

VER NOTA RELACIONADA: LA JUEZA PROCESÓ AL CHOFER DEL AUTO QUE CHOCÓ CONTRA CASTRO (ver)

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