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La jueza Laura Karina Paz consideró que por la conducta que desplegó el imputado después del trágico accidente, existe la probabilidad que vuelva a eludir la acción de la Justicia, entendido ello como obstrucción y entorpecimiento de las investigaciones, teniendo en cuenta que todavía hay medidas pendientes de investigación e informes periciales de Criminalística.
La jueza de Instrucción y Correccional N° 5, Laura Karina Paz denegó la excarcelación al joven que está acusado de haber conducido el automóvil que atropelló y mató al sereno Carmelo Martín Castro, dándose posteriormente a la fuga del lugar del accidente ocurrido el pasado 15 de junio en la esquina de Córdoba y Junín de esta capital.
El caso tuvo mucha repercusión social porque el protagonista de la colisión escapó raudamente con el auto que conducía dejando abandonada a la víctima y esto desató una intensa búsqueda por toda la ciudad que duró más de una semana, en el marco de un eficiente trabajo ejecutado por la Policía que estuvo permanentemente coordinado con la jueza Paz y la fiscal que interviene en el caso, Rossana Bassanese, que dirigieron la investigación y ordenaron una serie de medidas, tales como el monitoreo de las cámaras existentes en los alrededores del lugar del accidente y el resguardo de dichas filmaciones.
Desde el día del accidente fueron numerosas las tareas investigativas llevadas adelante para poder individualizar al vehículo que protagonizó el accidente y al conductor del mismo, hasta que el pasado 23 de junio y luego de más de una semana de intensas pesquisas se pudo finalmente localizar la casa donde estaba ocultó el rodado, situada en la avenida Napoleón Uriburu y Santa Fe de esta capital. En el procedimiento fue secuestrado el automóvil tan intensamente buscado que aún tenía visibles daños compatibles con la colisión y, casi simultáneamente, también fue detenido el joven que presuntamente conducía el rodado cuando ocurrió el trágico infortunio.
RIESGO PROCESAL
La abogada defensora del acusado, la Defensora Oficial N° 2, solicitó la liberación de su defendido; pedido que fue corrido vista a la fiscal Bassanese, quien al emitir su dictamen se opuso a la excarcelación del imputado fundamentando que si bien el hecho está calificado en forma preliminar como homicidio culposo, el mismo podría posteriormente quedar encuadrado como abandono de persona o bien como homicidio con dolo eventual, habida cuenta la conducta que desplegó el autor y las características del caso, lo que llevaría a una futura sentencia que no sería de cumplimiento condicional (artículos 293 -contrario sensu- y 295 del Código Procesal Penal de Formosa).
La jueza, por su parte, también consideró que no corresponde otorgar la libertad al imputado, pero más allá de la calificación legal que importe atribuirle al hecho que está siendo investigado, estimó que existe en esta ocasión el denominado “riesgo procesal”, toda vez que el imputado demostró con datos objetivos y de manera contundente que intentó eludir la acción de la Justicia, ocultándose y dándose raudamente a la fuga, luego de haber impactado con la moto de la víctima, librando a su suerte a la persona herida como consecuencia del accidente de tránsito que protagonizó, el que fue asistido por terceras personas.
En su resolución, la jueza sostiene que la conducta posterior al ilícito investigado no hace más que evidenciar que conceder el beneficio de excarcelación “importaría otorgarle la posibilidad, al menos en este estadio del proceso, de que continúe con la conducta desplegada hasta el momento en que fue descubierto, es decir de eludir la acción de la Justicia, entendido ello como obstrucción y/o entorpecimiento delas investigaciones, en tanto hay medidas pendientes de investigación a cargo del Departamento Investigaciones y de la División Criminalística de la Policía provincial”.
Esta resolución judicial no se encuentra firme, ya que fue apelada por la Defensa del imputado.