A su vez se invita las municipalidades y Comisiones de fomento a adherirse a las disposiciones de la presente Ley y los reglamentos que se dicten en consecuencia.
En segundo término continuó como miembro informante el diputado Jorge Román, y solicito a sus pares la aprobación del proyecto de ley a través del cual la provincia se adhiere al artículo 61 de la Ley Nacional Nº 26.728 que prorroga para el ejercicio 2012 su similar Nº 26.530 que establece excepciones a la Ley Nº 25.917 de Responsabilidad Fiscal.
En su artículo 2º prorroga la vigencia de la Ley provincial Nº 1.545 durante los ejercicios 2011 y 2012. Facultando al Poder Ejecutivo Provincial para que por el Ministerio de Economía, Hacienda y Finanzas adopte las medidas financieras, económicas, presupuestarias y dicte las normas necesarias para la implementación de la ley.
Cabe acotar que ambos proyectos fue aprobado por mayoría y con el voto negativo de la bancada radical.
El justicialista Adrián Bogado, fue el miembro informante del proyecto de modificación de la Ley 1482, de ministerios, a través del cual se pretende ordenar y sistematizar la norma que rige la organización básica de Administración Pública Provincial, actualizando al mismo tiempo las competencias de los distintos organismos, en consonancia con la nueva realidad socio-económica de la provincia y las políticas plasmadas en el modelo de Provincia.
En este contexto y ante los nuevos desafíos y exigencias, resulta indispensable que el Estado adecue sus estructuras orgánicas, para estas conteste con la operatividad, integralidad, tecnicidad eficiencia y eficacia necesarias para el aprovechamiento óptimo de las condiciones actuales, así como la atención rápida y oportuna de las necesidades de la población.
JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS
El cambio más notable del proyecta la estructura orgánica es reforzar la colegialidad del Gabinete de Ministros como tal, y para ello se crea un Ministerio con funciones de Jefatura de Gabinete, quién será responsable de la coordinación, control de gestión y seguimiento de políticas públicas que refuercen el carácter integral y sistémico del accionar estatal.
En este sentido, el Ministerio político del Gabinete provincial cambiará su nombre a Ministerio de Gobierno, Justicia, Seguridad y Trabajo, quién coordinará y profundizará el cambio sustancial en materia de seguridad pública que requieren las nuevas demandas de estos tiempos.
A partir de la promulgación de esta ley, el gobernador será asistido por los siguiente ministerios; de la Jefatura de Gabinete; de Gobierno, Justicia, Seguridad y Trabajo; de la Producción y Ambiente; de Desarrollo Humano, de Economía Hacienda y Finanzas; de Cultura y Educación; de la Secretaria General del Poder Ejecutivo; de Planificación, Inversión, Obras y Servicios Públicos, de la Comunidad ; de Turismo.
También asistirán al Poder Ejecutivo, con dependencia jerárquica de este y rango de Secretarías de Estado, los siguientes organismo; Secretaría Legal y Técnica; Secretaría de Ciencia Y Tecnología; Secretaria de la Mujer.
En otro proyecto remitido por el Poder Ejecutivo y aprobado en extraordinaria, se refiere a la ley que propicia la creación de un Registro de Entidades de la Economía Social, dependiente la Subsecretaria de Economía Social, en el ámbito del Ministerio de Economía, Hacienda y Finanzas de la provincia.
En los fundamentos del proyecto se destaca que uno de los pilares fundamental de su Plan Estratégico de desarrollo económico social, es la función que desempeñan las entidades asociativas en el medio provincial , por ser fuente de trabajo, ocupación así como de producción de bienes y servicios.
Facilitando de esta forma la asociación con características de libre acceso, adhesión voluntaria, organización democrática y solidaria, entendiendo que el asociativismo constituye una formidable herramienta de inclusión laboral y social.
Finalmente se aprobó la creación de Delegaciones de Registro Civil con asiento en los Hospitales Distritales de Ingeniero Juárez, Las Lomitas, Ibarreta, laguna Blanca, El Colorado, Pirané y Clorinda, que se limitarán a los hechos vitales (nacimientos y defunciones) que ocurran en cada uno de ellos.