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Un decreto lo impuso hace nueve años pero nunca se aplicó. Ahora un juez obliga al Estado a implementarlo dentro de 90 días. Si usted tiene una de las 43 millones de líneas de telefonía celular de Argentina, ahora podrá
mantener su número de teléfono aunque cambie de compañía.
La medida surge a partir de un fallo judicial que obliga al Gobierno a implementar la portabilidad numérica, un beneficio reglamentado hace 9 años pero que nunca se aplicó.
El juez Enrique Lavié Pico, titular del Juzgado Contencioso Administrativo Federal Nº 6 dictó un fallo que ordena al Estado Nacional a reglamentar la portabilidad numérica. La norma deberá implementarse en los próximos 90 días a través de la Secretaría de Comunicaciones, que depende del Ministerio de Planificación Federal manejado por Julio De Vido.
De esta forma, los usuarios podrán conservar su número de celular sin importar la compañía telefónica que usen, incluso cuando cambien de proveedor de servicio. Este beneficio estaba incluido en el decreto 764 del año 2000, que imponía la desregulación de la telefonía móvil, pero nunca se había aplicado.
«Es algo deseable para el consumidor, sobre todo para el empresario, o el profesional, pero tiene menos valor para el cliente masivo», opinó Alejandro Prince, de la consultora Prince & Cooke, quien sostiene que la portabilidad era más valiosa cuando la tecnología de telefonía celular no estaba tan desarrollada. «Hoy me cambio el teléfono, le mando un SMS a todo el mundo y todos se enteran en minutos», explicó.
El consultor cree que la desregulación no es una de las cuestiones prioritarias del mercado de las telecomunicaciones. «Se me ocurren otras 20, como el triple play. Ahora la gente más cambia de teléfono, importa más la promoción nueva que mantener el número. Hoy la misma tecnologia te permite modificar un numero sin demasiada complicacion», afirmó.
Sobre el costo que este cambio podría tener en las empresas de telefonía celular, Prince se preguntó: «¿Debería ser una obligación, o un servicio aparte como la factura desglosada?». Si bien admitió que el problema «tecnológicamente es cada vez más fácil de resolver», también consideró que «siempre hay un costo administrativo» para la transferencia del número.
Por el contrario, hay quienes creen que la portabilidad es un derecho incuestionable del cliente, y que la imposibilidad de cambiar de número «la usan de manera extorsiva las prestadoras del servicio para mantenerlo cautivo», como aseguró Horacio Bersten, coordinador jurídico de la Unión de Usuario y Consumidores (UUC).
Bersten cree que cambiar de número no afecta sólo el hecho mismo de hablar por teléfono: «Todo el que trabaja con el celular, ¿qué pasaría si no pueden ubicarlos? El que tiene un fijo no tiene problema, pero mira los pintores y plomeros que sólo dependen del celular», dijo a Perfil.com. Además sostiene que «cuanto más bajo el nivel socioeconómico, mayor la dependencia» del teléfono móvil, que para muchos es su única línea.
La Unión de Usuarios y Consumidores es uno de los impulsores de la medida: en septiembre de 2008 reclamó el derecho de la portabilidad numérica ante la Justicia, en representación de todos los consumidores. La posibilidad de iniciar acciones colectivas de ese tipo está contemplada en el artículo 43 de la Constitución Nacional y en la última versión de la ley de Defensa del Consumidor.
Bersten asegura que el cambio no tiene que implicar costo alguno para el consumidor: «Habrá algunas condiciones, no se podrá cambiar de compañía todos los días, pero no debe estar sujeto a disponibilidad económica del cliente porque no hay que hacer inversiones en red», a diferencia de lo que ocurre con las líneas fijas.
«Conforme la experiencia internacional, no habría costos para las empresas, sólo se necesita una actualización de software, que no es un tema de inversión», concluye Bersten. La portabilidad numérica funciona desde 1995 y ya se aplica en 40 países de todos los continentes, entre ellos los vecinos Brasil y Perú.
Fuente: Perfil.com