La Convención Constituyente aprobó reformas en derechos de familia, trabajo, cultura y educación

Este viernes 29, la Convención Constituyente de Formosa llevó a cabo su última sesión plenaria de la semana, durante la cual se aprobaron modificaciones estructurales en los artículos 68, 85, 92, 93, 94 y 95. Además, los miembros del órgano incorporaron nuevos artículos a la Constitución Provincial. Esta fue la undécima sesión ordinaria en el marco del proceso de reforma constitucional en Formosa.

En cuanto al artículo 68, la Convención aprobó incorporar modificaciones que fortalecen la protección de la familia. Ahora, la normativa garantiza especial y privilegiada protección a la madre y al niño, asegurando que el Estado arbitre los recursos necesarios para su asistencia.

Sobre estas modificaciones, la convencional Grissel Insfrán agregó: “La propuesta de reforma reafirma el valor central de la familia, adaptándola a los cambios y desafíos presentes. Con estas incorporaciones, además de cumplir con los compromisos asumidos por el Estado, se construye una norma que protege, que incentiva y facilita la corresponsabilidad parental”.

Tras un breve cuarto intermedio, en el que se analizaron las propuestas de Nilda Aguayo y Esteban Servín para ampliar el concepto de familia, la Convención incorporó las modificaciones con el acompañamiento de los bloques justicialista, de la Unión Cívica Radical y de Nuevo País.

El artículo aprobado finalmente dispone que el Estado proteja a la familia “en sus distintas configuraciones, según el vínculo afectivo que la conforma”. Además, en el inciso 6 se establece que “madres, padres y/o progenitores tienen iguales derechos y responsabilidades respecto de sus hijos e hijas menores de edad”, según detalló el convencional Rodrigo Vera.

En base al artículo 85 se realizó una incorporación expresa de las licencias remuneradas que tienen las mujeres embarazadas en el ámbito laboral y el reconocimiento del tiempo necesario para lactar durante las horas de trabajo. En el mismo se establece que el Estado provincial protegerá el trabajo de las mujeres y de los menores. La norma modifica la redacción referente a la mujer embarazada, precisando que tendrá derecho al descanso antes y después del parto, percibiendo su remuneración completa durante ese período. Se mantiene la prohibición del trabajo de los menores de 16 años en actividades nocturnas y en aquellas incompatibles con su edad.

“La lactancia materna es la forma óptima de alimentar a los niños y las niñas, y protegerlas legalmente durante la jornada laboral es también un acto de justicia y reparación histórica hacia las mujeres, afirmando que su labor de cuidado tiene el mismo valor que cualquier otra contribución a la sociedad”, detalló la convencional Alicia Benítez.

Cultura

En relación al artículo 92, referido a la cultura dentro de la provincia, la Convención aprobó modificaciones que la consagran como un derecho humano y social fundamental. La provincia reconoce su identidad multiétnica y pluricultural, incorporando de manera explícita a los pueblos aborígenes, y mantiene el respeto y apoyo a todas las manifestaciones culturales sin discriminación alguna.

A su vez, se incorporó un inciso donde se detalla que el Estado bregará por la protección del patrimonio cultural, la memoria histórica, la verdad y la justicia.

Dentro del régimen cultural y educativo, también se añadió un artículo nuevo a la Constitución que establece las medidas del Estado para proteger, promover y apoyar el patrimonio cultural y las expresiones artísticas en Formosa. El artículo dispone que el Estado dicte las leyes necesarias para la defensa, preservación, recuperación y difusión del patrimonio cultural material e inmaterial. Además, se establece que el Estado reconocerá y promoverá el valor de las industrias culturales como motor de desarrollo económico, social y cultural, destinando recursos para el apoyo material de las distintas expresiones culturales de artistas, instituciones y organizaciones de la cultura.

Karina Giménez fue la convencional encargada de presentar dichas modificaciones e incorporaciones. Durante su intervención, sostuvo: “La cultura es un fenómeno dinámico. Con estas modificaciones buscamos ampliar el concepto, reconocer al Estado como protector de instituciones y fomentar la diversidad de expresiones culturales”.

Educación

La Convención Constituyente aprobó también modificaciones al artículo 93, estableciendo que la educación se consolida como un derecho humano fundamental y expresión de justicia social y que constituye una cuestión de Estado, obligatoria, gratuita, permanente, inclusiva, de calidad y con acceso universal.

Asimismo, el artículo establece que el Estado provincial promueve el cuidado de la salud, el respeto al ambiente y fomenta la cultura del trabajo como medio de realización personal y social.

La convencional María Martínez ofició como miembro informante de los aspectos que integrarán el nuevo texto y explicó: “Con esta reforma, ponemos en valor el rol de la familia como primer agente formador, pero a la vez subrayamos el carácter indelegable del estado en garantizar el acceso a una educación integral y de calidad”.

Además, se incorporaron dos párrafos, uno al artículo 94 y otro al artículo 95. En cuanto al nuevo párrafo inicial del artículo 94, establece que el Estado planificará, regulará y supervisará la educación impartida en establecimientos estatales y no estatales, en las condiciones que fije la ley. Por su parte, en el nuevo párrafo inicial del artículo 95, se agregó que la educación será atendida con recursos determinados por ley y los demás asignados anualmente en el presupuesto provincial, los que no podrán ser utilizados para otros fines.

Por último, se trató la incorporación de un nuevo artículo conformado por disposiciones que ya existían en el texto original de la Constitución, pero que fueron reordenadas para dar coherencia al régimen cultural y educativo. El nuevo texto determina que el Estado garantizará la obligatoriedad y gratuidad escolar desde los cinco años hasta la finalización de la educación secundaria, integrando Niveles Inicial, Primario, Secundario y Superior, incluyendo institutos pedagógicos, técnicos, politécnicos y de formación docente.

Se asegura equidad e igualdad de oportunidades en todo el sistema educativo provincial, con relación a los lineamientos nacionales en niveles, currículos, títulos y equivalencias. El Estado será responsable de los planes de estudio, contenidos, metodologías y sistemas de evaluación, conforme a las leyes vigentes.

Las leyes y políticas educativas deberán contemplar: educación permanente y formación profesional, educación intercultural y bilingüe, accesibilidad en contextos especiales (encierro, domiciliaria y hospitalaria), enseñanza de historia y Constituciones, alfabetización digital y equipamiento tecnológico, bibliotecas, museos y comedores escolares, inclusión de personas con discapacidad, práctica deportiva y recreación, enfoque rural, perspectiva de género y diversidades, educación sexual integral y formación docente y técnica con investigación educativa.

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