«El domicilio y arraigos (de Carbajal) estuvieron siempre en Formosa; como son sus hijos, núcleo familiar y propiedades» dijo Carlos Lee

En las últimas horas surgió la polémica por la candidatura de Fernando Carbajal como aspirante a gobernador de Formosa. Los plazos electorales están en marcha. En caso de plantearse oficialmente ante el Tribunal Electoral Permanente; será el organismo del estado provincial quien determine -en primera instancia- la ilegalidad de la cuestión en discusión.

«El hecho que una persona por razones laborales o de profesión haga su cambio de domicilio en forma transitoria mientras cumpla con sus funciones no implica que se pueda descartar el tiempo vivido en tal lugar y volver a contar de nuevo a su retorno» explicó el abogado Carlos Lee.

El letrado, cercano colaborador del diputado nacional Fernando Carbajal, añadió: «esto es se deja de lado el tiempo que se ausentó la persona del lugar por el motivo que sea y se sigue con la residencia al momento de su regreso. O sea, si vivió 20 años en Formosa se fue dos por algún motivo y regreso a vivir nuevamente hace 5 años se le suman los 20 más 5 dejando sin contabilizar el periodo que estuvo ausente» señaló.

«Además, se tiene presente que su domicilio y arraigos estuvieron siempre en Formosa como son sus hijos y núcleo familiar propiedades entre otras cosas».

Carlos Lee

EJEMPLO

Abogado Carlos Lee

«Lo mismo pasa con los estudiantes que se van a otras provincias no pierden su residencia en Formosa por ausentarse un tiempo puesto que esa residencia en otra provincia es temporaria», concluyó.

QUÉ ESTABLECE EL ARTÍCULO 131 DE LA CONSTITUCIÓN PROVINCIAL

«Para ser elegido Gobernador y Vicegobernador se requiere: 1) Ser argentino, nativo, por opción o naturalizado con quince años en el ejercicio efectivo de la ciudadanía. 2) Haber cumplido treinta años de edad y ocho de residencia previa, real y efectiva en la Provincia, cuando no se hubiere nacido en ella».

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