Prisión preventiva al policía imputado por el homicidio de un menor

Ocurrió en el sector de la barrera contra inundaciones del barrio San José Obrero, en junio pasado. El adolescente murió producto de la herida de arma de fuego.

La Justicia provincial dictó el procesamiento con prisión preventiva al cabo de la Policía de Formosa, Fernando Ariel Fernández, acusado de haber matado de un disparo con su arma reglamentaria a un menor de edad, durante un incidente ocurrido el pasado 25 de junio en el sector de la barrera del barrio San José Obrero de esta capital.

La resolución fue adoptada por el juez de Instrucción y Correccional Nº 6 Guillermo Omar Caballero, por el delito de homicidio doblemente calificado por el carácter de sujeto activo y por el uso de arma de fuego.

Se trata del magistrado que tiene a su cargo la investigación del recordado hecho que en aquel momento generó la reacción de vecinos y familiares de la víctima, indignados por lo que había pasado en el sector de la barrera, entre Eva Perón y avenida Chaco, donde el propio Fernández confesó haber disparado al menor, aunque según dijo, para defenderse de una agresión de la víctima.

Según la reconstrucción material que pudo hacer el juez Caballero a partir a las pruebas que logró reunir hasta esta instancia de la investigación, en la tarde del 25 de junio de este año cuando el funcionario policial estaba a la altura de una obra en construcción ubicada en la parte baja de la barrera, se cruzó con la víctima, conocida en el barrio con el apodo de Nino y lo interceptó. Por problemas de vieja data, siempre que se encontraban en la calle se molestaban y se perturbaban, y ese día no fue la excepción. Empezaron a discutir y en medio de insultos recíprocos, el cabo Fernández sacó su arma reglamentaria y el menor un cuchillo que llevaba en la cintura, tras lo cual se amenazaron y agredieron, retirándose Nino del lugar. El policía lo siguió hasta una obra en construcción, donde sin llegar a alcanzarlo, le disparó por la espalda, provocando su muerte en el acto. “Ya retirado el menor del lugar, nada justificaba su persecución y menos aún su accionar”, alegó el juez.

En su resolución, el magistrado confirma a partir de los testimonios de varios vecinos y familiares de ambos protagonistas, que entre ellos había una enemistad iniciada tiempo atrás, por lo que consideró que el día en que acontecieron los hechos, también éstos dos discutieron, y luego Fernández, efectuó el disparo con el propósito de matarlo.

Una prueba que el magistrado estimó relevante es el informe de los forenses, según el cual la víctima tenía una herida de arma de fuego con orificio de entrada en la espalda, con trayectoria oblicua y salida en el pectoral, y que el disparo lo había recibido a larga distancia, todo lo cual, -sostuvo el juez Caballero- “me lleva a considerar que Fernando Fernández aprovechó el estado de indefensión y la intención de obrar sin riesgo, más allá de que en sus manifestaciones declaró que el menor portaba un cuchillo y que obró con la voluntad de defensa”.

Respecto a esto último, el juez dio por tierra la versión del suboficial de Policía y consideró que éste no corrió ningún peligro porque efectuó el disparo cuando el menor se alejaba de él, usando un medio desproporcionado, toda vez que la víctima no portaba un arma de fuego, al menos hasta este momento no se acreditó su existencia, “elementos suficientes para justificar mi imputación y descartar que su conducta haya sido en legítima defensa”, remarcó.

Si bien el policía tenía cortes en su ropa y heridas en el cuero cabelludo, cuello, hombro izquierdo y brazo, realizadas con un cuchillo, que este atribuye al menor, el juez Caballero consideró que el funcionario “no tenía derecho a actuar de esa manera, quitándole la vida”. Incluso el imputado declaró que el menor le había mostrado y apuntado con un arma calibre 22, pero sus dichos no pudieron ser comprobados porque nadie vio esta situación ni se encontró la supuesta arma en el lugar de los hechos. “Esto me lleva a considerarla como un intento ineficaz de poder alegar una legítima defensa, o tal vez un exceso en ella”, aseveró Caballero, quien señaló que Fernández excedió los límites que la ley del personal Policial le acuerda, dando muerte en forma arbitraria – por la espalda – y haciendo uso del arma reglamentaria que le fuera provista al momento de ingresar a la fuerza policial, por el carácter mismo que este reviste, de ser funcionario policial, de contar con una mayor capacidad y amplitud para el manejo y conocimiento del arma, y haciendo éste un uso excesivo y no autorizado de ella.

Agravante

Tras dar por acreditado el hecho y la autoría material, el magistrado sostuvo que el mismo se encuentra agravado por la condición de policía, en virtud de que su accionar provoca el deterioro de la confianza pública en el desempeño del funcionario y, en consecuencia, de la Institución, que se produce a partir de la conducta homicida perpetrada por quienes son los principales custodios de la seguridad pública.

“En estos casos -fundamentó el juez- no solo atenta contra la vida humana, sino que el autor omite cumplir con su deber de otorgar seguridad y protección a los ciudadanos, defraudando con ello las expectativas depositadas en el correcto desempeño de su cargo o función”.

Sostiene el magistrado que Fernández portando su arma reglamentaria la usó para acabar con la vida de su oponente; conocía y sabía del poder dañino de la misma y de la probabilidad del resultado si disparaba a una zona vital, e igualmente lo hizo, asumiendo el resultado que causaba con su conducta.

Tras el suceso, hubo incidentes en el barrio entre manifestantes y la Policía (foto).

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