Arancel de ingreso: esenciales no pagarán más los $ 5.000 aunque no trabajen en Formosa

Otro fallo de López Macé con un criterio de dar lugar parcialmente al reclamo hecho por medio de un recurso de Hábeas Corpus.

Luego de que muchos trabajadores esenciales tuvieran que pagar el arancel de ingreso a la provincia pese a su condición laboral específica, un grupo de ellos, entre los que hay gendarmes que prestan servicio en otras provincias pero son oriundos de Formosa y también marinos, que su servicio es en alta mar, pero residen en territorio formoseño, el tema se judicializó y hubo fallo de primera instancia.

La jueza federal N° 2 de Formosa, Dra. María Belén López Macé, hizo lugar parcialmente a una acción de Hábeas Corpus presentada por un grupo de trabajadores esenciales que la única particularidad es que su labor esencial es realizada en otro punto del país. Por ese motivo, fue que los agentes de retención en el ingreso sur de la provincia en la localidad de Mansilla, les cobran el arancel de 5000 pesos en concepto de los exámenes de PCR por covid-19.

En su fallo, López Macé instó a la provincia de Formosa “a que se abstenga del cobro del arancel a aquellas personas que por su labor sean esenciales, aun cuando presten sus servicios en otras provincias, debiendo capacitar en tal sentido al personal actuante”.

Por otro lado, en cuanto al núcleo familiar de estos trabajadores esenciales, la jueza federal rechazó la acción de habeas corpus, y deberán pagar el arancel.

La iniciativa fue impulsada por los abogados Gabriela Neme, Isaías Suizer, Emmanuel Lagraña, Juan Shur y Luis Roberto Benítez.

La decisión fue tomada por la jueza federal luego de la audiencia fijada por la ley de habeas corpus, tras el fallo de la Cámara Federal de Apelaciones de Chaco, que ordenó que sean escuchadas las partes previo a resolver la cuestión de fondo.

De todos modos, al ser un fallo recurrible, es más que probable que la provincia apele la sentencia, y todo vaya nuevamente a la Cámara Federal, y eventualmente tras un nuevo fallo, si vuelve a ser apelado, termine en la Corte Suprema.

Lea el fallo completo aquí:

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