Cámara de Apelaciones de Resistencia y otro duro revés judicial contra el gobierno de Formosa

Era previsible la postura de las juezas chaqueñas que "lo tienen alquilado" a Insfrán cuando se dirimen causas en estados federales, no se aguardaba tanta dureza entre los considerandos del fallo por un hábeas corpus colectivo presentado por la oposición.

La decisión judicial refiere a «al recurso de apelación incoado la Sra. Fiscal de Estado de la Provincia de Formosa ­Dra. Stella Maris Zabala­ contra lo resuelto por la Sra. Jueza Federal, Dra. María Belén López Macé, en cuanto decidió declarar abstracta la acción de habeas corpus presentada por la Diputada Nacional Mónica Frade, con patrocinio letrado y representando a Juan Carlos De la Cruz Aranda, Adrián Franco Delgadillo, Liliana Maricel Benítez y Alma Valentina Delgadillo Benítez, por estar comprendidos como beneficiarios colectivos en
el Expte. 593/2021″.

«PRETENDE NUESTRO APARTAMIENTO»

En un tramo de los considerandos, la Cámara de Apelaciones chaqueña estima que …»en este estadio de la exposición no es ocioso reiterar que se pretende el apartamiento de los tres Jueces que integramos este Tribunal. En tal sentido, amerita recordar la doctrina expuesta por la Corte Nacional al decir que la recusación manifiestamente inadmisible de los jueces de la Corte debe ser rechazada de plano, pues si se admitiese que al plantearse nulidades contra los fallos de la Corte y recusarse a sus integrantes, por clara que fuese la improcedencia de la impugnación y la falta de causa de la recusación, el Tribunal debiera ser reemplazado por entero, con conjueces desinsaculados al efecto, se vendría a establecer un procedimiento de revisión que echaría por tierra la supremacía de la Corte y el carácter final de sus decisiones (Conf.J.A.1988­I­669/670), lo que mutatis mutandi resulta de aplicación ya que esta Alzada resulta único Tribunal Colegiado de Alzada con Superintendencia en la jurisdicción»…..

La Cámara resolvió «RECHAZAR IN LIMINE la recusación de los suscriptos planteada por la Fiscalía de Estado de la Provincia de Formosa. 2. Comunicar al Centro de información Judicial, dependiente de la Corte Suprema de Justicia de la Nación (conforme Acordada 5/2019.

La fallo se conformó con el voto de los Dres. María Delfina Denogens, Rocío Alcalá y Enrique Bosch,

 

Recusación (1)

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