«La justicia no puede detenerse»

¿Quién repara al abogado por la pérdida de un cliente o de un caso por demoras que pueden ser evitables?. Escribe: Juan C. Díaz Roig (h) "Juanchi"

La reciente declaración del Consejo para la atención del COVID19 que dispuso el retorno a la Fase 1 por 17 casos detectados, provocó que el Superior Tribunal de Justicia vuelva a decretar Feria Judicial, es decir la paralización de la administración de justicia.

Hace un año venimos sobrellevando esta pandemia. En todo este tiempo magistrados, empleados, abogados y demás auxiliares, tuvimos que aprender a adaptarnos y a sobrellevar esta problemática para poder seguir trabajando, incorporando nuevas prácticas y mecanismos tecnológicos, pese a lo cual el deterioro de la demora en los trámites se profundizó a niveles nunca antes registrados.

La decisión de volver a una nueva feria judicial, paraliza nuevamente la actividad jurídica afectando, lógicamente, a todos los justiciables y también a los abogados, que venimos perdiendo trabajo a causa de semejantes demoras que, en muchas ocasiones, los clientes no llegan a tolerar.

¿Quién repara al abogado por la pérdida de un cliente o de un caso por demoras que pueden ser evitables?

La Justicia no puede detenerse más!

Las herramientas de la tecnología que permitirían continuar con la actividad en el marco de esta pandemia están en uso y probadas, pudiendo inclusive ser mejoradas con mayor dialogo y decisión política.

Contamos también para ello con la buena voluntad de los magistrados y empleados del Poder Judicial, que en todo este tiempo han demostrado notables esfuerzos por brindar sus servicios, pese a la importante reducción de personal en actividad y demás obstáculos derivados de las medidas preventivas.

Como ya lo señalaba Séneca hace 20 siglos atrás, «Nada se parece tanto a la injusticia como la justicia tardía», de lo cual todos sabemos que Justica que llega tarde, no es Justicia.

Sres. miembros del Superior Tribunal, no dejen por favor a los formoseños nuevamente sin Justicia.

Juan C. Díaz Roig (h)
Abogado
M.P. 1.392

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