La Cámara de Casación desestimó recurso extraordinario de la Fiscal de Estado

La provincia había recurrido la decisión que declaraba la competencia de la Justicia Federal en el hábeas corpus impulsado por Luis Naidenoff. A la provincia sin embargo, le queda un último recurso judicial ante la Corte.

La Cámara de Casación rechazó el recurso interpuesto por el Gobierno de Formosa para ir a la Corte Suprema de Justicia. Así, ratificó la competencia del Juzgado Federal en entender en el hábeas corpus presentado por Luis Naidenoff.

Pese a los esfuerzos de la Fiscal de Estado de Formosa, Estela Zabala, nuevamente obtuvo un revés judicial en una alta instancia federal, que convalida las pretensiones del impulsor del Hábeas Corpus, el senador radical Luis Naidenoff, por lo menos en lo que respecta a competencia.

En su fallo, los camaristas Mariano Hernán Borinsky y Javier Carbajo, señalaron que “las resoluciones que deciden cuestiones de competencia, por regla general, no constituyen una sentencia definitiva ya que su dictado no imposibilita la prosecución de las actuaciones”.

Por otro lado, los jueces afirmaron que además, “tampoco se encuentra suficientemente argumentada la existencia de una cuestión federal (otro requisito exigido por la ley 48 a los efectos de acceder al Máximo Tribunal por vía de recurso extraordinario). En tal sentido, no ha sido demostrada en el caso la alegada vulneración a la garantía constitucional a la autonomía provincial”.

Agregaron que “tampoco ha sido fundamentada la arbitrariedad de sentencia. Sobre esto último, es menester que se demuestren defectos graves en la decisión recurrida que la descalifiquen como acto jurisdiccional válido, lo cual el recurrente no ha acreditado tampoco en este caso”.

A partir de esta decisión judicial, la Fiscalía de Estado tiene un último recurso por impulsar, que es el recurso de queja por recurso extraordinario denegado, que se presenta directamente en la Corte Suprema y es ésta la que decide si admite o no el tratamiento de la cuestión.

Lea aquí el fallo completo de la Cámara de Casación Penal Federal:

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