Para la Corte, la provincia cumplió la medida cautelar de los “varados”

No hizo lugar al planteo de los abogados Carlos Roberto Lee y Fabrizio Villaggi Nicora que pedían se expida sobre el cumplimiento parcial del Gobierno provincial ya que no entraron todos los solicitantes que estaban previstos. Aconsejó a las partes a que difundan los medios de contacto con el Gobierno provincial para que los que restan ingresar, puedan coordinar su fecha de entrada a la provincia.

En una breve resolución, la Corte Suprema de Justicia de la Nación desestimó el planteo de los abogados Carlos Roberto Lee y Fabrizio Villaggi Nicora sobre el cumplimiento parcial de la provincia de Formosa a la manda judicial de la Corte que fijaba un plazo de 15 días para el efectivo ingreso al territorio de más de ocho mil personas inscriptas en el programa de ingreso ordenado y administrado.

La CSJ comunicó hoy 22 diciembre esta resolución a las partes, donde dejó sentado que tomó consideración de los informes del Gobierno de Formosa en relación a la dinámica de ingreso y los motivos de distinta índole por los que no ingresaron todos los inscriptos.

De todos modos, se instó tanto a los abogados Lee y Villaggi Nicora como a la Fiscalía de Estado de la provincia, a que den mayor difusión a los canales de contacto con los encargados de otorgar los turnos de ingreso en el marco del programa ordenado.

Ahora, además del email oficial del Gobierno, se dieron a conocer varias líneas telefónicas para que quienes deseen ingresar a la provincia coordinen con las autoridades provinciales posibles fechas de ingreso.

CARLOS LEE

En relación a lo que les notificó la Corte Suprema, uno de los abogados que presentaron el escrito directamente al máximo tribunal, dijo: “Nosotros informamos a la Corte Suprema que el cumplimiento realizado por el Gobierno no era en su totalidad, que ponían muchas trabas, y que de alguna manera los tiempos de ingreso tampoco eran los acordes según la distancia en la que se encontraba la persona”.

“También como exigencia el pago del PCR luego de tanto tiempo de estar fuera de la provincia soportando los gastos, indudablemente que significa para cualquier persona una imposibilidad material para regresar a su provincia” consideró.

“Eso informamos, entonces la Corte qué establece, que no nos da lugar a nosotros al planteo de cumplimiento parcial pero invita, insta a las partes en realidad, a publicar todas estas medidas en los medios masivos de comunicación para que ingrese hasta el último que está varado” sostuvo Lee.

“De alguna manera, toma una posición salomónica diciendo no al incumplimiento de la medida pero sí a la obligación de seguir haciendo ingresar a todas las personas que están fuera de la provincia y que han hecho sus respectivas solicitudes” precisó por último.

Los canales de contacto con el Gobierno de Formosa para aquellos que deseen gestionar su ingreso al territorio provincial son: email covid19@formosa.gob.ar y los teléfonos 3704-810631; 3704-002582; 3704-001029; 3704-294325.

Aquí el fallo completo de la Corte Suprema:

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