El juez federal Pablo Morán rechazó un hábeas corpus colectivo de varados

La Justicia Federal en Formosa ha evidenciado en los últimos tiempos vaivenes en la forma de encarar la situación de formoseños varados que presentan acciones expeditivas ante ese fuero federal para poder ingresar a la provincia. Esta vez, a contramano de lo que ocurrió recientemente con un varado de apellido Brito, el juez Morán rechazó la medida. Los abogados Lee y Villaggi Nicora adelantaron que apelarán la sentencia recaída.

Con el reciente antecedente fijado por la Cámara Federal de Resistencia, en relación a un varado que presentó un recurso de hábeas corpus para poder reingresar a la provincia de Formosa, habilitándolo a hacerlo, en una presentación idéntica, esta vez la Justicia Federal resolvió la cuestión de manera denegatoria.

Se trató de la primera instancia que tiene a cargo el juez federal Pablo Morán, quien está subrogando el juzgado Federal N° 2 tras el apartamiento del Dr. Fernando Carbajal, quien denunció sentirse afectado por las declaraciones públicas del ministro de Gobierno Jorge González.

La presentación la hicieron nuevamente los abogados Carlos Roberto Lee y Fabrizio Villaggi Nicora, quienes en representación de seis personas varadas en los ingresos a la provincia, interpusieron este recurso legal en busca de conseguir un permiso de ingreso para sus representados.

“Pese a todos los antecedentes existentes en el precedente Brito que fuera confirmado por la Cámara de Apelaciones del Chaco en cuanto a que corresponde un hábeas corpus para las personas que se encuentran varadas en otras localidades lindantes y cercanas a nuestra provincia, el juez Morán después de la excusación que hizo el juez Carbajal, arriba a un justificativo jurídicamente insostenible, contrario a lo que la misma Cámara de Apelaciones como superintendencia confirmó con el fallo del juez Carbajal, y en una clara consonancia con las pretensiones del Gobierno provincial, Morán rechaza el hábeas corpus colectivo que habíamos planteado con respecto a una cierta cantidad de personas que se encontraban varadas con intenciones de ingresar a la provincia” dijo Lee.

“Lo cierto es que previo al rechazo en una sentencia que tardó más de los plazos que corresponden, en estas medidas de hábeas corpus, declara por tres personas abstracto porque la provincia decide permitir el ingreso de estas personas y rechaza por otras tres más que dice que corresponde la medida ordenada por el gobierno en cuanto a la salud pública, sin darse cuenta que la salud pública constituye un bien protegido de todo el país y no solamente de la provincia de Formosa cuando está en riesgo la salud de cada uno de los formoseños” explicó el letrado.

Abogado Carlos Lee

“Los considerandos a los que arriba son meros justificativos para sostener un fallo contrario a derecho y con un claro tinte de consonancia y armonía con lo que pretende la provincia de Formosa respecto de todas aquellas personas que se encuentran fuera de los límites territoriales con ganas de volver a sus hogares y poder pasar toda esta cuarentena, todo este aislamiento obligatorio junto a su familia y dentro de un ámbito por supuesto razonable y adecuado y no estar afuera de la provincia pasando necesidades, hambre, no pudiendo trabajar, y sin poder estar con sus afectos” remarcó Lee.

“Resulta por demás arbitraria la decisión por lo cual vamos a apelar este decisorio y dejaremos que la Cámara de Apelaciones resuelva nuevamente y ponga un manto de justicia a toda esta situación que simplemente tiene, según lo que pude entender, fines dilatorios, tal como ha dilatado para expedirse también esto va a llevar un tiempo más hasta que la Cámara resuelva esta situación” precisó.

Aquí vea el fallo completo:

habeas corpus colectivo

 

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