Gialluca se defendió y afirmó que el pedido de juicio político en su contra no tiene fundamento jurídico

El Defensor del Pueblo de Formosa José Leonardo Gialluca replicó en las redes sociales de NoticiasFormosa el pedido de juicio político que impulsan desde el bloque opositor en la Legislatura provincial para sacarlo del cargo. No negó haber hecho aportes mínimos al Partido Justicialista y negó que eso sea ilegal.

El Defensor del Pueblo, José Leonardo Gialluca, señaló que el pedido de Juicio Político en su contra, presentado por diputados de “Juntos por el Cambio”, carece de «todo sustento jurídico».

Al respecto, consideró que los aportes para el sostenimiento de los Partidos Políticos están regulados en una Ley Nacional especial, la Nº 26215, la cual, «perfectamente prevé que tanto el Estado como los particulares pueden sostener con mínimos aportes a las agrupaciones políticas, pues las mismas son consideradas instituciones fundamentales para la vida democrática, por nuestra Constitución Nacional Art. 38 y existe una abundante jurisprudencia de la Cámara Nacional Electoral que ha contribuido a entender la naturaleza jurídica de los aportes, mínimos legales, considerando la subsistencia de los Partido Políticos como necesarias, en cuanto escuelas de formación cívica ciudadana» explicó el funcionario.

Por otra parte, la Ley Provincial Nº 1065 de Creación y Competencia de la Defensoría del Pueblo, por su parte, «lo que me veda es la actividad de índole político partidaria durante mi mandato. Siendo de público conocimiento que jamás lo he hecho en ejercicio de mi función» se defendió Gialluca.

Consultado de ¿Cuál sería la causa entonces de la presentación formulada por algunos diputados de Juntos por el Cambio? expresó: “Sólo puedo hallar el fundamento del pedido de juicio político interpuesto en mi contra, en lo crítica que ha sido mi gestión con el último gobierno nacional de Mauricio Macri y con la inacción y complicidad de los representantes de Juntos por el Cambio de la Provincia de Formosa, la cual fue discriminada arteramente en todos los aspectos y obviamente esto fue permanentemente denunciado porque estaban en juego derechos colectivos e intereses difusos de todos los ciudadanos que viven en nuestra provincia».

Analizado desde el punto de vista jurídico, «la solicitud de mi apartamiento, no se condice con el Art. 38 de la Constitución Nacional, el Art. 153º de la Constitución Provincial, las Leyes Nacionales Nº 23.298 y 26.215, en coincidencia con la Ley Provincial Nº 1065/93 y ello es abonado por Fallos 310:1162; 321:1252 y 2984/2001 de la Cámara Nacional Electoral, normativa que evidentemente desconocen los legisladores de Cambiemos» concluyó.

 

 

 

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