Neme pidió la inconstitucionalidad de la reforma al Código de Faltas

La concejal Gabriela Neme presentó un pedido de declaración de inconstitucionalidad ante la Justicia de Formosa por las modificaciones introducidas en el Código de Faltas por una ley provincial que impulsó el diputado Rodrigo Vera (PJ) a instancias del Consejo de Atención Integral a la Emergencia covid-19.

El escrito con la firma de la abogada Neme fue presentado hoy a la mañana en el Juzgado Civil y Comercial N° 4 de Formosa, y también en el Superior Tribunal de Justicia. Ahora, la justicia deberá expedirse sobre el planteo de la edil, que consideró a la ley impulsada por el Ejecutivo provincial, como violatoria de principios constitucionales.

En sus considerandos, Neme afirmó que cuestiona “concretamente los artículos 145, 146 y 147, como así también todos aquellos artículos que impliquen o lleven al arresto de los ciudadanos por falta de pago de las multas o violenten el derecho de defensa y debido proceso”.

Además, aporta que la “ley que se aprobó modifica los artículos 145, 146 y 147 del Código de Faltas, regulando sobre materia que ya se encuentra dispuesta y regulada por el código de fondo y que ha sido materia delegada por la provincia a la Nación”.

Según establece el Código Penal de la Nación, “quienes violen el aislamiento serán denunciados por la posible comisión de los delitos previstos en los artículos 202, 205 y 239 del Código Penal. La figura legal está dentro del capítulo IV del título VII del Código Penal, que tipifica los delitos contra la salud pública. Este tipo penal tiene por objeto sancionar aquellas acciones u omisiones dolosas (intencionales) a través de las cuales se pueda introducir o propagar una epidemia”.

Concejal Gabriela Neme

El Código local “permite que un Juez de Paz convierta una sanción en arresto, violando la garantía de defensa evidentemente se estaba violentando el derecho de libertad ambulatoria del ciudadano, solicitando que se declare la inconstitucionalidad del artículo 145, 146, 147 y siguientes” agregó.

Más adelante, Neme sostuvo que la última modificación al Código de Faltas involucró “en su desarrollo a personas con nulo o escaso conocimiento en materia de codificación, ya que los delitos/ contravenciones no se encuentran tipificados pudiendo abarcar un universo tan grande que prácticamente que casi toda actividad ciudadana quedaría incluida, por ejemplo sacar la basura fuera de horario estaría contemplado en el artículo 145, viajar engripado en transporte público, arrojar un papel a la vía pública, no reciclar la basura, emisión de gases por el escape de los vehículos en demasía, etc. etc., si bien todas pueden ser conductas socialmente repudiables, no puede admitirse que sean perseguidas y penadas con prisión, sobre todo cuando el Estado omite realizar campañas de concientización para sensibilizar a la sociedad en temas sensibles de salud e higiene pública”.

 

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