Los correctivos que ordenó Carbajal para la Escuela de Cadetes

El juez federal Fernando Carbajal hizo lugar parcialmente al Hábeas Corpus presentado por los abogados Juan Eduardo Davis, Daniel Isaías Suizer y Carlos Roberto Lee en relación a las condiciones de alojamiento de personas con cuarentena vigilada en la Escuela de Cadetes de la Policía de Formosa, cuestión por la que hubo una visita del magistrado al lugar y una audiencia preliminar días atrás.

 

En principio, Carbajal rechazó los recursos de hábeas corpus planteados en cuanto a la ilegalidad o arbitrariedad de las medidas adoptadas por el Consejo de Atención Integral de la Emergencia Covid-19 de la provincia de Formosa en la aplicación de la medida de aislamiento obligatorio previstas por el artículo 7° del Decreto 260/90 para las personas que ingresen al territorio provincial, en los límites de dicha norma.

Seguidamente, hizo lugar parcialmente al recurso de Hábeas Corpus en cuanto a las condiciones en que se cumple el aislamiento obligatorio, ordenando al Consejo de Atención Integral de la Emergencia Covid-19 de la provincia de Formosa, que a la mayor brevedad posible, en el plazo máximo de 48 horas, dé cumplimiento a varias medidas correctivas, que enumeró en 11 puntos.

PUNTO POR PUNTO

VIDEO. EL MINISTRO Y EL JUEZ DIALOGAN CON LOS ALOJADOS EN LA ESCUELA DE CADETES

SOLO PARA LA ESCUELA DE CADETES

La resolución judicial que lleva la firma del Dr. Carbajal, aplica únicamente para el centro de alojamiento ubicado en la Escuela de Cadetes, no siendo extensible hacia los demás centros actualmente operativos en la ciudad de Formosa.

De todos modos, sienta un precedente judicial para aquellos que se sientan vulnerados en su intimidad al momento de cumplir con los 14 días de cuarentena obligatoria vigilada tras ingresar a la provincia proveniente de algún otro punto del país.

 

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