La Asociación Judicial Formosa se opuso a una resolución del STJ

Ni bien se conoció en la fecha que los jueces de los distintos fueros e instancias fueron autorizados por el STJ a concurrir a sus despachos para avanzar en los trámites internos para concluir autos interlocutorios o sentencias pendientes, uno de los dos gremios que aglutina a los trabajadores judiciales, la Asociación Judicial Formosa, se opuso firmemente a lo anunciado, ya que entienden atenta contra el derecho a la salud de los empleados que sean convocados bajo amparo de este último resolutorio.

El gremio hizo pública su postura a través de las redes sociales y en su página oficial de internet.

“En defensa de nuestros derechos consagrados en la Constitución Nacional, Provincial, legislaciones y reglamentos vigentes, tomando en este caso, como uno de los principales, el Derecho a la Salud, que se ve seriamente en riesgo coyuntural por la Pandemia COVID-19 (coronavirus). En línea con el DNU 260 del 12 de marzo del corriente año, 297 y sus modificatorias rechazamos la concurrencia de las y los trabajadores a prestar servicios en las oficinas ya que no estamos entre las actividades flexibilizadas por el Gobierno nacional y/o provincial, debiéndose mantener lo establecido por el mismo STJ oportunamente, alineado con el DNU de referencia, y que establece el receso extraordinario con guardias pasivas” anunció el gremio AJUFSA en un comunicado.

“En consecuencia la Resolución dictada en la fecha, fue impugnada por este gremio, esperando una pronta respuesta del STJ” señaló la entidad conducida por Basilisia Benítez.

DNU

¿Qué es Decreto de Necesidad y Urgencia (DNU)? – Un Decreto de Necesidad y Urgencia es un tipo de norma existente en la Argentina que, a pesar de ser sancionada solo por el Poder Ejecutivo, tiene validez de ley”, explicaron desde el sindicato.

“Este tipo de legislación está contemplado en el artículo 99 inciso 3 de la Constitución Nacional.

Por lo que claramente tiene supremacía a una resolución admistrativa emanada del STJ en su carácter de empleador” finalizó el comunicado.

SECRETARÍA DE GOBIERNO

Tras la resolución emitida por el Superior Tribunal de Justicia, N° 90/2020, la Secretaría de Gobierno del Poder Judicial comunicó la forma de implementación de la nueva medida, que explica en uno de sus puntos, que los jueces que no están de turno en esta feria extraordinaria, no están autorizados a convocar personal, entre otras cuestiones.

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