Se publicó el nuevo Código Procesal Penal para delitos federales

Se publicó este viernes 8 de febrero en el Boletín Oficial de la Nación el nuevo Código Procesal Penal Federal, que fue aprobado en diciembre del año pasado por el Congreso y que introduce modificaciones a la norma sancionada en 2014. El compendio incorpora leyes sancionadas por el Parlamento en los últimos dos años tales como la de flagrancia, de ejecución de la pena privativa de la libertad, de responsabilidad penal empresaria, de técnicas especiales de investigación y la del arrepentido. Enterate cuáles son los cambios más importantes.

El Código Procesal Penal Federal se aplicará a la investigación y persecución de delitos complejos como el narcotráfico, corrupción, trata de personas y otros ilícitos relacionados con el crimen organizado. Esta reforma instaura el sistema acusatorio en el que cobra relevancia la actuación del fiscal quien es el encargado de conducir la investigación. Esta iniciativa permitirá que los procesos sean más rápidos, sencillos y ágiles.

Entre los aspectos más relevantes del nuevo Código Procesal Penal Federal, se puede mencionar a  la eliminación de la prohibición de utilizar la información brindada en los acuerdos entre imputados y fiscales lo que, en la práctica, anulaba la figura del arrepentido.

La implementación del nuevo Código Procesal Penal Federal, como se ha hecho en otros países, se hará de a poco. Se empezaría a implementar en Salta y Jujuy a mediados de mayo. Además, el Ministerio de Justicia de la Nación ya está trabajando en el cronograma para ir aplicando la nueva norma en forma paulatina a las demás provincias. En la elección de esta jurisdicción (Salta) se tuvo en cuenta que tiene un Ministerio Público Fiscal provincial que ya viene trabajando con un sistema acusatorio. Como novedad, en el nuevo Código hay un artículo que habilita específicamente la posibilidad de coordinación entre fiscales federales y provinciales. Esto es necesario para que puedan coordinar las investigaciones. Además, los fiscales federales no tienen la capacidad territorial de investigación que sí tienen los fiscales provinciales. Con la posibilidad de colaboración pueden ayudarse y apoyarse mutuamente.

Desde el Ministerio de Justicia hay aportes importantes de financiamiento a los laboratorios científicos de los fiscales de las provincias, y se prevé la firma de convenios para que los puedan usar también los fiscales federales en las investigaciones.

El nuevo Código incorpora nuevas técnicas de investigación criminal. Para ello, se inició un proceso de capacitación a operadores judiciales. En este tren, el Ministerio de Justicia de la Nación viene brindando capacitaciones en varias provincias: tanto a jueces y fiscales; tanto en litigación como en investigación.

Se espera que va a ser muy fructífero el impacto en cuanto la eficacia de la investigación criminal con la incorporación al Código de la ley del arrepentido. De a poco el sistema se empieza a direccionar para ese lado. Es el fiscal el que se sienta con el imputado, lo escucha, habla, evalúa, negocia y toma la decisión de pedirle la homologación de ese acuerdo al juez. Otra de esas leyes, no con impacto en crimen organizado pero sí en darle más poder a los fiscales y en oralizar y agilizar los procesos es la de flagrancia.

Como otra de las novedades, el nuevo Código Procesal Penal Federal establece criterios objetivos que debe tener en cuenta el juez al momento de dictar una prisión preventiva o de conceder una excarcelación. En el nuevo texto, se trata de dar pautas objetivas para tratar de limitar un poco más la discrecionalidad de los jueces. O sea, el juez tiene que saber qué es peligro de fuga, bajo qué condiciones o cuándo estamos frente a entorpecimiento o no de la investigación. Esto está en el nuevo Código.

Básicamente, lo que se viene haciendo es fortalecer el sistema acusatorio, mejorando un Código. En la medida que esto dé respuestas, muestre un funcionamiento de una Justicia distinta, que se haga rápidamente una audiencia, que se sepa qué hay en un expediente, que las decisiones se tomen en audiencias orales y públicas, se espera, que va a generar que más provincias quieran aplicarlo.

Con este Código además se encara el tema de los recursos para que los procesos no sean interminables. En principio, por el propio cambio de sistema, deberían dejar de existir las causas de 14 años que terminan prescribiendo, porque el sistema -además de que es más ágil- tiene establecidos tiempos máximos de investigaciones, lo que se llama investigaciones penales preparatorias y demás. No sólo por el tema de la oralidad, sino por ser más informal la investigación, sin tener que estar completando un expediente con un montón de formalidades, el proceso va a ser más ágil. En un proceso informal, cada decisión que se apela se resuelve más rápidamente.

El expediente, tal como se lo conoce ahora con una pila de papeles, hace que el proceso sea muy lento. Eso va a ser distinto. La idea es que esté todo digitalizado y para dejar de hablar de causas y hablar de casos. Además, con la aplicación de notificaciones electrónicas, telefónicas y demás, esto tendría que fluir. En muchas provincias ya está funcionando bien el sistema acusatorio, ya hay capacidad instalada, ya hay fiscales que conocen o han ido a juicio, que aplican flagrancia, que investigan y generan acuerdos.

 

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