Un puntero del PJ denunció a una ingeniera por «difamar» al gobierno en una reunión

Allá por el año 2008, en Palo Santo, el intendente era Luis León. El jefe comunal, también ejercía el cargo de Presidente de la Co.Zo.Sa.Ve (Comisión Zonal de Sanidad Vegetal). Eran tiempos donde mucho se hablaba del picudo algodonero.

Por eso, se realizó una reunión para analizar la situación. En la misma participó un «puntero político», que además es maestro «de apellido Martínez».

Allí, la ingeniera agrónoma María Canalis, Directora del Centro de Educación Agrícola de Palo Santo, expresó su visión técnica de la las circunstancias que afectaba a la zona.

Pero el «puntero Ricardo Martínez» consideró, y lo hizo saber por nota al intendente (en su otra función de autoridad provincial) sobre “…lo ocurrido en una reunión llevada a cabo en el Centro de Educación Agrícola, en la cual, según las manifestaciones» que «se vertieron opiniones, conclusiones y comentarios inapropiados y descalificadores sobre el direccionamiento de la política gubernamental del Gobierno Provincial en su conjunto, por parte de la propia Directora del Centro, reunión que fuera organizado y dirigido por las autoridades del mencionado centro agrícola y en presencia de los docentes de dicha institución…”.

El caso recorrió despachos del ministerio de la Producción y Ambiente, de la Delegada Zonal del Ministerio de Cultura y Educación de la Provincia a quien le solicitaron «imprima a la misma el trámite que estime corresponder ante estos hechos…”. Y de hecho lo hiceron: Canalis fue sumariada.

El fallo «salió contra el ex intendente», que anunció que va a apelar la decisión judicial.

LO JUDICIAL

La Excelentísima Cámara de Apelaciones de Formosa en los autos “CANALIS, MARIA AMPARO C/ MARTINEZ RICARDO Y/U OTROS S/JUICIO ORDINARIO” (Expte. Nº 10.985/16, registro de Cámara), venida del Juzgado de Primera Instancia Civil y Comercial Nro. 5 (Expte: 00927 Año: 10) Fallo del dia 2/7/18 dejo sentando que; “Surge claro que, si bien los funcionarios y empleados públicos tienen “deberes” que cumplir, deberes cuya índole guarda armonía con el objeto o contenido del contrato de función o de empleo públicos, encontrándose entre ellos el de “respeto” hacia el superior , el de “obediencia” y “fidelidad” o “lealtad” al orden jurídico-político del Estado.

Ex intendente de Palo Santo, Luis León.

Además, señala que «en el caso de los empleados públicos de carrera -es decir no en el de los altos puestos nombrados por el gobierno-, el deber de “fidelidad” no puede llegar a anular la conciencia del funcionario, ni su personalidad, de ahí que la libertad política exista para él, como para todos los otros ciudadanos, ya que esta libertad se vincula a la idea misma de democracia, por lo cual, mientras respeten el orden jurídico (la Constitución y las normas que integran el orden jurídico positivo del Estado), sus críticas u objeciones a la ejecución de las políticas del gobierno de turno, si no las comparten, y la propuesta de acciones más eficaces, mientras sean hechas en una marco de respeto, en lo atinente a la función que desempeñan no pueden ser interpretadas como que hacen oposición pública, estando amparadas por la libertad de expresión, valor de incalculable importancia en toda sociedad democrática y cuyo ejercicio merece protección, encontrándose consagrado en los arts. 14 y 32 de la Constitución y el art. 13.1º de la Convención Americana de Derechos Humanos.”

LOS ANTECEDENTES DEL CASO

Se inicia como consecuencia de que en una reunión celebrada el día 18 de Febrero del 2008 la Directora del Centro de Educación Agrícola de la localidad de Palo Santo, (MARIA AMPARO CANALIS -ingeniera agrónoma-) en dicha reunión, donde participaron tanto los directivos como el personal docente con el objetivo de tratar las actividades correspondientes al año que se iniciaba la nombrada realizo una observación sobre el “picudo”, diciendo que el “picudo” avanzaba en forma progresiva y que había que ocuparse del mismo, indicando a su vez los motivos del fracaso de campañas anteriores.

El señor Ricardo Martínez, presente en la reunión y ante tamaña difamación elevó una nota al entonces intendente de la localidad de Palo Santo Sr LUIS JORGE LEON alegando que se “había atacado la política del gobierno provincial”.

Mediante dicha nota, ambos dan aviso al Ministerio de Educación de la Provincia dando origen a un sumario administrativo tramitado por ante el Ministerio de Educación de la Provincia de Formosa, Expte. 1470-P-08.

Centro de Educación Agrícola de Palo Santo.

Para la Cámara Civil, “dicha nota, claramente constituye una denuncia en la que se imputa a la Directora del Centro de Educación Agrícola, Sra. Canalis, que, en una reunión de la Comisión Zonal de Sanidad Vegetal realizada el día 18 de febrero de 2008 en la localidad de Palo Santo de esta Provincia, Cde. Expte. Nº 10.985/16.- -5- expuso su criterio respecto a la política algodonera llevada adelante por el Gobierno de la Provincia, manifestando sus objeciones a la misma.

Sustanciado el sumario por el Ministerio de Educación de la Provincia, en fecha 07 de abril de 2009 se resuelve clausurar el mismo y declarar exenta de responsabilidad administrativa en el hecho investigado a la Directora Titular del Centro de Educación Agrícola Nº 1 de Palo Santo, señora María Amparo Canalis, sin que la causa afecte el buen nombre y honor de que gozare, por falta de pruebas que otorguen entidad a lo denunciado.

SENTENCIA (no está firme)

Haciendo lugar a la demanda instaurada por María Amparo Canalis contra Luis Jorge León, y, en consecuencia, extensiva contra el mismo la condena dispuesta con respecto a Ricardo Martínez, en forma solidaria y con costas a su cargo.

Resaltando que el disentimiento con la política de combate de la plaga que afectaba al cultivo de algodón, amparado por la libertad de expresión que debe salvaguardarse en una democracia, valorando las cosas en contexto, ya que las críticas devienen legítimas al referirse a la propuesta de mejores soluciones en los ámbitos pertinentes, dado que las discusiones sanas y el derecho a disentir y no compartir con el gobierno de turno deben ser respetadas.

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