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El concejal y la estudiante saliendo del motel; porqué no es delito

10 noviembre, 2017
El concejal y la estudiante saliendo del motel; porqué no es delito

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El caso del concejal José Pino, del PJ de Ingeniero Juárez saliendo de un motel de esa localidad con una estudiante secundaria comenzó su raid viral en el oeste provincial y se extiende a toda la provincia. La adolescente tiene 17 años, y cursa el sexto año de la EPES N° 12 «Mariano Moreno». Egresa el año que viene. Qué dice la ley?

 

El Código Penal estipula que si un adulto se vincula sexualmente con una persona menor de 13 años hay delito, sin excepción. Si 

 ¿Cuándo hay delito en las relaciones entre adultos y adolescentes? Esto es lo que estipula la ley:

Menor de 13 años. Específicamente, se considera que hay abuso sexual –siempre y sin ninguna excepción- cuando la relación es con una niña o niño menor de 13 años (12 años o menos).  Es decir, el autor no puede alegar en estos casos que la chica o chico haya consentido el acto sexual.

 Menor de 16 años. El panorama cambia cuando la potencial víctima tiene 13, 14 o 15 años. En este caso puede darse la figura del abuso sexual por aprovechamiento de la inmadurez de la víctima, antes conocida como “estupro”.Así, para que se configure este delito, se debe dar un requisito extra al de la edad (13, 14 y 15 años) de la chica o chico: el autor del hecho debe “aprovecharse de la inmadurez sexual de la víctima en razón de su mayoría de edad, su relación de preeminencia respecto de la víctima u otra circunstancia equivalente» (artículo 120 del Código Penal).
 16 años o mayor. A esta edad, los adololescentes ya poseen consentimiento sexual pleno. Sólo puede configurarse el delito por otras causas, ajenas a la edad. Es decir, cuando la persona es obligada al acto sexual “mediante violencia, amenaza, abuso coactivo o intimidatorio de una relación de dependencia, de autoridad o de poder, o aprovechándose de que la víctima por cualquier causa no haya podido consentir libremente la acción”, establece el Código Penal (artículo 119).
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