Jueza Niremperger suspendió por seis meses el incremento tarifario de energía eléctrica en Chaco

La jueza federal de Resistencia, Zunilda Niremperger, dispuso “la inmediata suspensión” de las resoluciones de la Secretaría de Energía de la Nación y del Ente Nacional Regulador de la Electricidad (ENRE) “por el termino de 6 meses” en Chaco, que disponían un nuevo cuadro tarifario del servicio eléctrico.

Juez Federal Zunilda Niremperger.

La decisión responde a la presentación del defensor del Pueblo, Gustavo Corregido, y de la Asociación de Defensa al Consumidor y Usuarios, que entendieron que en la audiencia pública realizada el 14 de diciembre no tuvieron “información veraz, cierta y detallada que les permita una adecuada participación”.

La magistrada dispuso también que el ENRE arbitre la medida ordenada y comunique a la empresa provincial distribuidora de energía eléctrica Secheep, que deberá abstenerse “de aplicar el nuevo cuadro tarifario”, suspender la confección de facturas” y liquidar “a valores vigentes con anterioridad”.

Niremperger fundamentó la decisión “en beneficio de los derechos de incidencia colectiva de la provincia del Chaco”, en el sentido expuesto por Corregido y la asociación sobre el cuestionamiento a las audiencias realizadas el 14 de diciembre en Formosa.

Además, tuvo en cuenta que las resoluciones del ENRE N° 75/2016 y 20/2017 y 66/2017 serían “irrazonables y arbitrarias toda vez que las mismas traerían aparejado un nuevo incremento en la tarifa del servicio público de electricidad, ya que el año anterior se habría producido un aumento de tarifas”.

En ese sentido, consideró facturas de Secheep, en las que los usuarios ya habían sufrido un incremento de un 100 por ciento en los periodos que van del 8/2018 al 12/2016”.
Al comunicar hoy la decisión judicial, fechada el 2 de este mes, el defensor del Pueblo afirmó que “los aumentos desproporcionados autorizados en esas resoluciones, traen aparejados graves perjuicios para los usuarios, quienes al tener que afrontar excesivas facturas de luz, dejan de proveerse de alimentos, medicamentos, vestimenta y otras necesidades básicas”.

Corregido sostuvo que esas resoluciones “son inconstitucionales y arbitrarias porque violan desde el principio de legalidad hasta la falta de coherencia en el comportamiento administrativo, también el derecho humano de acceso a la energía eléctrica que es un recurso de primera necesidad e imprescindible”.

«El Estado debe analizar las consecuencias de las temperaturas excesivamente altas porque los aumentos obligan a la población a ahorrar energía a costa de poner en peligro la salud”, argumentó el ombudsman, quien resaltó que “es indiscutible que soportar temperaturas de 40°C sin el auxilio de artefactos como aires acondicionado o ventiladores, deteriora la calidad de vida”.

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