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Destacados, Narcotráfico, Tribunales

La Cámara Federal de Casación rechazó un planteo del ex concejal «Palmita»: anuló absoluciones y deberá dictarse una nueva sentencia

16 diciembre, 2016
Palmita en libertad, insistió en su inocencia y habló con la prensa

Palma, luego de salir de la cárcel. Foto: Tito Gandolfi

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La jsuticia desestimó el recurso presentado por la defensa de Héctor Palma, condenado por tener en su campo 695 kilogramos de cocaína y una pista clandestina de aviones. Asimismo se anularon las absoluciones dictadas a los demás imputados
Palmita, llevado a declarar por primera vez ante el entonces juez federal Quinteros (foto archivo 2011)
Palmita, llevado a declarar por primera vez ante el entonces juez federal Quinteros (foto archivo 2011)

La Sala I de la Cámara Federal de Casación Penal, integrada por los jueces Ana María Figueroa, Mariano Hernán Borinsky y Gustavo M. Hornos, rechazó el recurso de casación interpuesto por la defensa de Héctor Palma Agüero quien, durante su gestión como concejal del municipio de Estanislao del Campo, tenía en su propiedad una pista aérea clandestina activa, cerca de la frontera con Paraguay.

Personal de Gendarmería y diversos vecinos advirtieron el despegue y aterrizaje de distintas aeronaves y a partir de la orden del juez, se allanó la finca, encontrando allí, no solo la pista sino también 695 kilogramos de cocaína escondidos bajo un monte.

El fiscal solicitó que se condene a los cuatro acusados por el delito de acopio de estupefacientes, pero el tribunal condenó a Palma Agüero como autor del delito de tenencia de estupefacientes con fines de comercialización y absolvió a los otros tres acusados.

La casación rechazó los planteos del exconcejal e hizo lugar al recurso fiscal, anuló las absoluciones, la calificación asignada a Palma Agüero y reenvió la causa al Tribunal para que dicte una nueva sentencia ajustada a derecho. El juez Hornos propuso que se dicten sentencias condenatorias directamente desde la Cámara de Casación.

El tribunal había declarado la invalidez de las manifestaciones efectuadas por un testigo que había declarado bajo reserva de su identidad, lo que fue rechazado por los jueces de casación, quienes reafirmaron la validez y la necesidad de la utilización de este mecanismo a los efectos de profundizar el trabajo que los organismos jurisdiccionales y de seguridad realizan con el objeto de asegurar una política de Estado contra el tráfico ilícito de estupefacientes.

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