Artículo 4°

En estos días donde se discute, polemiza, critica, sugiere sobre Dioxitek, la Iglesia, el uranio, El gobernador Insfrán, el obispo Conejero; vale la pena recordar el artículo 4° de la Constitución Provincial.

Artículo 4°.- La Soberanía reside en el pueblo de la Provincia, quien delibera y gobierna a través de sus representantes y autoridades establecidas en esta Constitución, por medio del plebiscito y el referéndum, conforme con las leyes que reglamenten su ejercicio.

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