De los casi 50 delitos por día ocurridos el año pasado en Formosa, el 70% son excarcelables

Ariel Coll.

El ministro del Superior Tribunal de Justicia, Ariel Gustavo Coll, expresó su postura sobre los cuestionamientos de la sociedad respecto a la rapidez de las excarcelaciones y respondió por menores del sistema judicial en Formosa, al que defendió en el programa “Realidades” de VLU Radio 88.5.

Dicen que un preso entra por una puerta y sale por la otra. Y demora más el trámite de los que hacen la denuncia que el trámite de excarcelación que hacen los abogados.

Coll: “Ese es un latiguillo que siempre se escuchó. Yo comencé siendo secretario del fuero penal, fui juez del fuero penal mucho tiempo y siempre se dijo lo mismo. En la provincia de Formosa tenemos 681 privados de su libertad. Entre las alcaidas de varones, de mujeres, alcaidía mixta de Las Lomitas, mixta de Clorinda y personas que están distribuidas en distintas comisarías y subcomisarias. Hay 681 que entraron por una puerta y hasta ahora no han salido”. 

Agregó:”Es un pico alto. En otros tiempos hemos tenido menor cantidad de personas privadas de su libertad, sobre todo en capital”.

En cuanto a las condiciones de carcelarias explicó que “la Alcaida de Varones está muy bien y está próxima a inaugurarse la de Clorinda que está casi terminada. Tengo que reconocer que durante los años que fui presidente lo molesté bastante al amigo Jorge González ministro de gobierno por la cárcel de Clorinda y sé que le puso bastante ímpetu. Con lo cual se va a descomprimir muchísimo el ingreso de personas privadas de su libertad aquí en la ciudad de Formosa” destacó.

“No niego que existen numerosos casos de personas que son beneficiarias del régimen de excarcelación. Nosotros tenemos un régimen de excarcelación que es el Código Procesal Penal de la provincia. Está ahí adentro, que sus normas son de obligatoria aplicación para los jueces. Establece que toda persona que pueda ser condenada a una pena de ejecución condicional, tiene derecho a esperar el proceso, el juicio en libertad” detalló.

“Tengo la estadística de los delitos cometidos en el año 2013, en toda la provincia hubo 17.351 delitos.  De todos ellos, el 70% están conformados por los delitos de menor pena. Hurtos, lesiones leves, amenazas y daños. Son delitos excarcelables”. 

“Delitos graves como homicidios simples, hemos tenido 69. Son 69 vidas que se han perdido pero es un índice realmente bajo, comparado con otras provincias. Abusos sexuales 163, abusos sexuales agravados por el vínculo con la víctima 84. Pero en definitiva, la mayoría de los delitos cometidos en la provincia de Formosa son excarcelables” agregó.

“El régimen de excarcelación es un trámite rápido, el código dice que tiene que tramitarse dentro de las 24 horas. Existen abogados que lo hacen muy rápidamente, los fiscales están acostumbrados a dictaminar rápidamente y los jueces tienen que resolver en ese plazo de 24 horas. De manera que es, salvo que el imputado esté investigado por un delito que prima fácil no le vaya  corresponder condena de ejecución condicional y no tenga antecedentes penales, la excarcelación es casi obligatoria”. 

“Tampoco es tan automático, tampoco vamos a deslindar toda la responsabilidad, el juez tiene elementos como para milituar si la persona puede llegar a entorpecer la investigación estando en libertad. Puede fugarse, en caso de que no tenga domicilio en la provincia. El juez puede denegar la excarcelación por ese motivo. Ahora bien, nosotros a partir de la Constitución del 94´ hemos incorporado todos los tratados de los derechos humanos y el más conocido como Pacto San José de Costa Rica, que establece una pauta que no puede ser soslayada por ningún magistrado. El pacto San José de Costa Rica a través de la corte Interamericana  ha dicho que la privación de la libertad de alguien que aún no ha sido condenado, ya que simplemente está sometido a proceso solo se puede dar en casos necesarios. Tenían que esperar el proceso en libertad” detalló.

¿Los jueces y los fiscales aplican la ley provincial, qué es lo que hay que modificar, de que año data?

“Esto tiene más o menos quince años, este es el sistema del código procesal mixto, la instrucción es escrita y el juicio es oral no es todo oral como tendencias que siguen algunas provincias donde todo el proceso es acusatorio, la investigación ya es encabezada por los fiscales y no solamente por la policía. Data de unos veinte años y el régimen de excarcelación no se ha modificado”.tapa coll expres

Y agregó: “Ahora, si tuvo algunas modificaciones parciales, por ejemplo me acuerdo cuando se estableció que los delitos de abigeato no podían ser excarcelables y nuestras cámaras penales declararon que eso era inconstitucional porque un delito en sí mismo no tiene porque no ser excarcelable.  Y se declaró inconstitucional. Y después tuvo otra modificación, que esa si está vigente, que es establecer la caución real. Ustedes saben que la excarcelación se puede conceder o por caución juratoria, donde el imputado asegura que no se va escapar o por caución real, por sumas de dinero o prenda del auto, o algún tercero pone la cara por el imputado y brinda una caución real de manera que con eso el juzgado se aseguraría que no se le va escapar el imputado”. 

Sobre los reincidentes que vuelven a cometer hechos delictivos dijo que: “el tema de los reincidentes es otro. Primero tenemos que definir de qué hablamos cuando hablamos de un reincidente.Es una persona que ha tenido una condena. ‘Juan Pérez’ ha sido condenado,  se le hizo una causa en mayo salió excarcelado, se le hace una causa en junio salió excarcelado. Y va salir siempre excarcelado porque si no tiene antecedentes de reincidencia la excarcelación se le debe conceder. Y la reincidencia solo se opera cuando tiene una condena” explicó.

“En principio es automático, puede darse de esa manera. Pero también los jueces tienen la facultad de en esos casos restringir el beneficio de la excarcelación fundado en la proclividad que tiene la persona en cometer el delito” resaltó. Y agregó: “Lo que se debería hacer en todo caso es, acumular todas esas causas para llegar a una sola sentencia. El Superior Tribunal de Justicia en diciembre creó la unidad fiscal de seguimiento de causas. Donde uno de los objetivos era esto, verificar aquellos casos de personas que tienen varias imputaciones penales en varios juzgados. Nosotros tenemos seis juzgados de instrucción en capital, dos en Clorinda y uno en Las Lomitas, que tienen varias imputaciones penales y tratar de que todas esas imputaciones penales se aceleren de manera de poder llegar a un juicio lo más pronto posible y llegar a un pronunciamiento absolutorio o condenatorio”.

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