Cortador de pasto, sancionado por tener «un empleado en negro»

La Defensoría del Pueblo de Formosa intervino en el caso de dos jóvenes changarines formoseños, en donde uno de ellos pudo adquirir, a duras penas y hace poco tiempo, una máquina para cortar  el pasto, trabajo que hacían indistintamente en distintas casas particulares de nuestra ciudad, podando el césped y plantas de los parterres de sus escasos y eventuales clientes que iban cambiando según la suerte que les tocara en el día.

Foto ilustrativa
Foto ilustrativa

La tarea, era desarrollada de a uno por vez, ya que había una sola desmalezadora, para aprovechar la posibilidad de llevar el mayor sustento a sus hogares.

Los hechos determinaron que el Sr. Juan Carlos López, domiciliado en la calle Lorenzo Winter al 3000, fuera tipificado por la Delegación  Regional Formosa del Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social, “como Patrón de su amigo- compinche y en consecuencia se les labro el Acta pertinente y se dicto la Resolución Nº 6.896/14, que lo condena a pagar la suma de $7.530,50.

Frente a este hecho, en el que este Ciudadano desesperado por los acontecimientos y también por la imposibilidad de afrontar tamaña multa, realizo un descargo fuera de termino que se lo confecciono un cliente de profesión Contador  y en el que detallo los hechos, la inexistencia de sociedad alguna, adjuntó Certificado de Pobreza, datos de su esposa y la carencia de bienes, excepto la vivienda que habitan para evitar consecuencias negativas hacia su persona.

El Ombudsman Provincial, Leonardo Gialluca con la colaboración de la actual Titular de la Delegación Regional del Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social,  Silvia Blazek, interpuso una Actuación urgente a favor de este ciudadano formoseño con el objeto de que “la totalidad de las Actuaciones del Expte 7-209-5261-2013, Registro del M.T.E y S.S; se eleve el planteo de la Defensoría del Pueblo, al Director de Resolución de la Fiscalización del Ministerio de Trabajo de Nación a cargo del Dr. Leonardo J. Rodríguez “para que evalúe la posibilidad de admitir el escrito impugnatorio presentado fuera de termino, contra la Resolución Nº 6.896/14 y en defensa de sus derechos ,se fundó la Actuación en el desconocimiento del sancionado en la informalidad administrativa y en la inexistencia de vinculo laboral alguno, y por ello se peticiono, sea formalmente absuelto de esta sanción económica por desarrollar – changas diarias”-

El Ombudsman Provincial, señalo que con esta defensa ejercida por la Institución, no significa que estemos a favor del trabajo en negro o informal, todo lo contrario, luchamos día a día, contra el mismo, pero en este caso, existe un exceso en la aplicación de la norma y una desnaturalización que llevo adelante el Inspector actuante.

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