Por “temor de parcialidad”, el obispo Conejero recusó a todos los jueces y magistrados de Formosa

El obispo de Formosa, José Vicente Conejero Gallego, recusó a “todos y cada unos de los magistrados y funcionarios asociados al “Colegio de Magistrados y Funcionarios de la Provincia de Formosa” beneficiarios de la obra”…”ya en ejecución con dinero del erario público” ya iniciada de la sede social de la entidad valuada en más de un millón pesos y financiada por el estado provincial.

La obra ya se inició en Salta y Pantaleón Gómez.

 

El religioso detalla en su escrito, que se confunde lo público con lo privado y que es “causa de recusación a los jueces el “haber recibido beneficios de importancia de alguna de las partes”.

 

También contempla la reserva federal del caso.

 

El documento, al que tuvo acceso NoticiasFormosa señala que tiene “especial consideración el articulo 9º, segundo párrafo de la Ley Orgánica del Poder Judicial que establece: “Los señores magistrados y funcionarios están obligados a observar permanentemente una conducta acorde con la jerarquía de su función, debiendo conducirse de manera que no comprometa la dignidad del cargo. La violación de esta  obligación será considerada falta grave y  su  inobservancia reiterada podrá ser apreciada como causal de mal desempeño del cargo”.

 

 

El obispo se despachó contra el gobierno local.

En el caso concreto estamos frente a una afectación de recursos del Presupuesto del Estado Provincial para construir la sede del Colegio de Magistrados y Funcionarios, lo que implica confundir lo público con lo privado.

Al gestionar y obtener los fondos para su edificio, la conducta de los integrantes del Colegio de Magistrados no tiende ni el mejoramiento de la justicia, ni a la independencia del poder Judicial, ni  responde a la autarquía declamada ni al republicanismo por todos deseados.

En la obra no se observa ni cartel de obra ni «publicitario» de gestión de gobierno.

Se agrega que el “Reglamento Interno de  la Administración de Justicia dispone en su Art. 8º que: Queda prohibido al  personal… inc. 1) Aceptar dádivas, obsequios, recompensas o cualquier ventaja que  le fuera ofrecida con motivo de su función. El quebrantamiento de estas normas se  considerará falta grave a los efectos de la remoción del empleado”.

El origen del conflicto

Se remonta a varios años atrás, cuando en el oeste provincial, un policía –con un vehículo particular- choca y mata a un sacerdote africano en la ruta 81 cuando el uniformado iba a auxiliar al religioso que había tenido un accidente con un vehículo del Obispado.

 

Por extrañas circunstancias, el policía inició acciones legales contra la Iglesia local y ahora están en plena etapa de litigio jurídico.

 

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