La factura de la luz le absorbe el 60% de la pensión

Norberto Canesín (foto), vive en la calle Pringles al 1600, y percibe un haber mensual neto de $ 714,93. El hombre, “que tiene sus años” es un conocido vecino del barrio Independencia. Cuando llegó la última factura del servicio eléctrico no lo podía creer: ascendía a $ 424,43; casi el 60 por ciento de su ingreso mensual como pensionado nacional. Patrocinado por el abogado-senador Luis Naidenoff promovió una acción de amparo solicitando una medida cautelar que la justicia formoseña hizo lugar este viernes al mediodía. Es uno de los tres fallos favorables.

 

 

    A A nivel nacional, el ministro De Vido, defendió hoy la decisión del Gobierno de suprimir los subsidios que beneficiaban a las tarifas de electricidad de usuarios de mayor poder adquisitivo y adelantó la decisión de apelar el fallo que ordenó a las distribuidoras no cortar la luz a los usuarios comprendidos en el ajuste y que apelará el amparo judicial promovida por el Defensor del Pueblo de la Nación, Eduardo  Mondino.

En Formosa, la reacción de los usuarios se tradujo en –al menos- tres presentaciones judiciales. Dos que presentó Gabriel Hernández –una por derecho propio y otra en representación de un vecino de apellido Cuquejo-, en tanto que el senador Naidenoff patrocinó a Canesín.

Las tres tuvieron fallos tuvieron como respuesta una medida cautelar favorable, tras la presentación en el Juzgado Nº 1 (en feria) a cargo de la jueza Luisa Dolores Valdarenas de Plascencia.

La medida “suspende” los “efectos del incremento tarifario”…. “prohibiendo a la empresa Edefor la suspensión y/o corte del servicio de energía eléctrica y/o potencia del inmueble….”. “suspendiendo además, todo procedimiento de intimación de pago… y cobro por vía ejecutiva, hasta que recaiga resolución definitiva” señala el expediente de los usuarios “contra el Gobierno de la provincia de Formosa y EROSP s/acción de amparo”.

 LOS AMPAROS

“Generalmente el proceso de amparo va acompañado de una medida cautelar que protege provisoriamente el derecho que se ha violado y que se intenta resguardar” explicó un abogado local, “mientras se tramita el amparo -mediante un proceso sumarísimo que se desarrolla con una sustanciación básica, o sea, notificar a la otra parte y que tenga el derecho de defender su postura- la medida cautelar hace que el amparista (en este caso el usuario) tenga protección de sus derechos supuestamente vulnerados” añadió.

En el caso puntual de los tres usuarios que “recibieron el amparo”, los abogados deberán notificar al Gobierno provincial y al EROSP para que contesten y defiendan la constitucionalidad y legalidad de la Resolución 891/08. Posteriormente llegarán las etapas de las pruebas, que en estos casos son documentales de las partes (Gobierno, el EROSP y usuarios). El proceso continúa con la sentencia.

Si esta “hace lugar al amparo”, se mantiene la situación de que no se corte, si el amparo sale en contra, cae también la medida cautelar. En este último caso, el reclamante deberá abonar la/las factura/s en cuestión.

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