Defensa de los Consumidores dicto medida cautelar para suspender aumento de la tarifa

Así lo informó el director de la repartición, Pedro Cesani, quien sostuvo que la leyes nacional 24.240 y provincial 13.133 de Defensa del Consumidor lo facultan a tomar esa decisión sin necesidad de un fallo judicial.

«La ley 24.240 faculta a los funcionarios que tienen el control, vigilancia y juzgamiento de la actividad que desarrollan las empresas de servicios públicos de no innovar cuando se suscita un conflicto», explico Cesani.

El funcionario precisó que «esa facultad administrativa tiene muchos antecedentes y se han tomado muchas medidas en ese sentido».

«Yo tengo la obligación de defender a mis vecinos. Edenor no puede aplicar el nuevo cuadro tarifario sin cumplir el requisito de informar a sus clientes con un plazo razonable de anticipación», sostuvo.

Cesani recordó la resolución del Ente Nacional de Regulación de la Electricidad (ENRE) del 19 de noviembre de 2008, que establece en uno de sus artículos que las empresas deben informar a sus clientes sobre las modificaciones en el cuadro tarifario en un plazo de cinco días.

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